3. Otras disposiciones. . (2024/96-35)
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Kickboxing Muaythay y Disciplinas Asociadas.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Lunes, 20 de mayo de 2024

página 44999/8

Artículo 13. De la eficacia y eficiencia en el desarrollo de sus actividades, por parte de
FAKM, sus directivos y empleados.
1. La FAKMDA respetará el derecho a la intimidad de sus directivos y empleados.
2. La solicitud y el tratamiento de los datos personales, se limitará a la información
imprescindible para el normal desarrollo de su actividad y para el cumplimiento de la
normativa aplicable.
3. La FAKMDA adoptará las medidas necesarias para preservar la confidencialidad
de datos de carácter personal de que disponga, y su tratamiento, y el ejercicio de los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con la
legislación vigente.
4. Los directivos y empleados de la FAKMDA, que por razones de su cargo o actuación
tengan acceso a información privada o confidencial, de afiliados, otros empleados o
entidades comerciales, guardarán la confidencialidad de estos, en cumplimiento de la
normativa vigente, haciendo uso responsable y ético de dicha información.
5. En todos los supuestos, se abstendrán de hacer uso de dicha información, en
provecho propio o de terceros, relacionados con la FAKMDA.
6. En cumplimiento de los requisitos de intimidad, protección de datos e información
confidencial, la FAKMDA contará con una política de confidencialidad, privacidad e
intimidad y seguridad en la información, de obligado cumplimiento para todos sus
directivos y empleados y para quienes, dejando de serlo, conocieron dichos datos por su
anterior vinculación a la FAKMS.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301949

c) Las relaciones con proveedores y patrocinadores, o con cualquier tipo de
suministrador o contratista, serán guiadas por la imparcialidad y objetividad, aplicando
criterios rigurosos de adecuación, calidad, eficacia y coste.
d) Ningún directivo o empleado aceptará regalos, invitaciones, dádivas, servicios o
favores que puedan afectar a su profesionalidad, objetividad y/o imparcialidad en sus
relaciones profesionales que puedan generar un compromiso de devolución de un favor
en el ámbito de la FAKMDA y su entorno o que supongan fraude, ilegalidad, prácticas no
éticas o perjuicios a terceros.
e) Igualmente no se ofrecerán regalos, dádivas, promesas o favores, que puedan
afectar a la objetividad de dichos terceros, en sus relaciones con la FAKMDA y su entorno
o que supongan fraude, ilegalidad, prácticas no éticas o perjuicios a terceros.
f) Se prohíbe expresamente participar, por acción u omisión, en conductas tendentes
a alterar el desarrollo de un evento deportivo o competición, adulterando su resultado
deportivo, o con predeterminación de este, o que puedan atentar contra la salud de los
deportistas.
g) Todos los directivos y empleados de la FAKMDA realizarán sus trabajos con
calidad, diligencia, profesionalidad, transparencia y honestidad, mejorando la eficacia,
poniendo en conocimiento los riesgos, deficiencias y/o mejoras, haciendo un uso racional
de los recursos de la FAKMDA y salvaguardando sus activos.
h) A efectos de evitar conflictos de intereses, los directivos y empleados de la FAKMDA
no tendrán intereses económicos de ningún tipo, ni realizarán actividades retribuidas para
empresas o instituciones relacionadas con la FAKMDA, debiendo comunicarlo, si se diera
esta situación, al órgano de control, para que adopte las medidas necesarias, tendentes a
evitar dicho eventual conflicto de intereses.
i) Queda expresamente prohibido a directivos y empleados de la FAKMDA, el uso
de sus recursos, influencias, poderes y demás facultades o facilidades que ostente de la
FAKMDA, en beneficio propio particular o de su entorno próximo. Igualmente, intervenir
en áreas de gestión o representación, sin encontrarse debidamente habilitado.
j) Queda expresamente prohibido, en la contratación de servicios externos, dar o recibir
comisiones o ventajas no justificadas, de cualquier naturaleza, como contraprestación
para favorecer a terceros, indebidamente, en su contratación o relaciones comerciales
con la FAKMDA.