3. Otras disposiciones. . (2024/95-49)
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Viernes, 17 de mayo de 2024

página 44969/2

al desarrollo o promuevan las correspondientes modalidades deportivas, que de forma
voluntaria y expresa se afilien.
Artículo 3. Representatividad.
1. La FANDDI ostenta la representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en
las actividades y competiciones deportivas oficiales de carácter estatal e internacional,
celebradas dentro y fuera del territorio español.
2. La FANDDI ostenta la exclusiva representación en el territorio andaluz de la
Federación Española en la que se integra.
Artículo 4. Domicilio social.
1. La FANDDI está inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas con el
número 99057. Tiene su domicilio social en la ciudad de Sevilla C/Benidorm, 5, Escalera 1,
C.P. 41001, y número de identificación fiscal G41788159.
2. El cambio de domicilio social requerirá el acuerdo de la Asamblea general por
mayoría cualificada, que existirá cuando los votos afirmativos superen la mitad de los
emitidos por las personas miembros presentes o representadas en la sesión al efecto.
Dicho cambio deberá comunicarse al Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
Artículo 5. Régimen Jurídico.
La FANDDI se rige:
a) Por la normativa autonómica vigente, en materia de Deporte, emanada de los
órganos competentes de la Junta de Andalucía.
b) Por sus propios Estatutos y anexos, Reglamentos y Normativas de Competición.
c) Por las demás normas de orden interno, que dicte sus órganos en el ejercicio sus
competencias.
d) Por la Normativa Administrativa Estatal, que le sea, eventualmente, de aplicación.

Artículo 7. Funciones públicas delegadas.
1. Además de sus funciones propias, la FANDDI ejerce por delegación, bajo los
criterios y tutela de la Consejería competente en materia de Deporte, las siguientes
funciones de carácter administrativo:
a) Calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones oficiales federadas
en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza.
b) Expedir licencias deportivas para participar en competiciones oficiales federadas.
c) Coordinar y controlar la correcta aplicación de las ayudas de carácter público que
se asignen a los federados, en las condiciones que establezca la Consejería competente
en materia de deporte y de conformidad con la normativa aplicable en materia de
subvenciones y ayudas públicas.
d) Colaborar con la Administración autonómica en las formaciones deportivas
conducentes a titulación y en la formación de técnicos deportivos de las enseñanzas
deportivas de régimen especial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301919

Artículo 6. Funciones propias.
Son funciones propias de la FANDDI las de gobierno, administración, gestión,
organización, desarrollo y promoción del deporte adaptado para personas con
Discapacidad Intelectual, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Son competencias de la FANDDI:
a) Promocionar la práctica del deporte adaptado para personas con Discapacidad
Intelectual.
b) Difundir su enseñanza.
c) Vigilar el cumplimiento de la disciplina deportiva en el marco de sus competencias.
d) Conceder ayudas con cargo a sus presupuestos.