Disposiciones generales. . (2024/95-2)
Acuerdo de 14 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye el control previo de determinadas subvenciones y ayudas por el control financiero permanente.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Viernes, 17 de mayo de 2024

página 44962/2

Teniendo en cuenta todo lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos
93.2 y 94.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, el
Consejo de Gobierno, en su reunión del día 14 de mayo de 2024, adopta el siguiente

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301912

Adicionalmente, hay que recordar que el Bono Carestía es una medida de carácter
urgente acordada en el «Pacto Social y Económico por el Impulso de Andalucía» que
requiere de la máxima celeridad en su implementación. Precisamente por ello se ha
optado por la regulación de un procedimiento que pivota sobre la automatización de las
actuaciones administrativas y que necesariamente ha de contar con un ágil mecanismo
de control de los aspectos económico-financieros, por lo que se considera más adecuado
su sometimiento a control financiero permanente.
En segundo lugar, la Agencia Digital de Andalucía gestiona las subvenciones
derivadas de la Orden de 9 de noviembre de 2021, de la Consejería de la Presidencia,
Administración Pública e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a
municipios y entidades locales autónomas de Andalucía en situación de brecha digital y a
entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la
dinamización de centros de competencias digitales, que regula dos líneas de ayuda:
1. Ayudas dirigidas a los municipios y entidades locales autónomas de Andalucía para
el mantenimiento de los centros de competencias digitales (centros Guadalinfo).
2. Ayudas dirigidas a las entidades sin ánimo de lucro para el mantenimiento de los
centros de competencias digitales en zonas desfavorecidas de Andalucía.
Respecto de la primera línea, mediante el Acuerdo de 27 de abril de 2022, del
Consejo de Gobierno, se sustituyó la fiscalización previa en todas las fases por el control
financiero permanente. Sin embargo, en el referido acuerdo no se incluyeron, por razones
coyunturales, las subvenciones que se conceden a las entidades locales autónomas
de Andalucía (línea ELA), quedando excluidas en consecuencia del control financiero
permanente que solo alcanzó a los municipios incluidos en el ámbito de aplicación de las
bases reguladoras (línea Guadalinfo).
Desde este punto de vista, la Orden de 9 de noviembre de 2021 contempla los mismos
requisitos para la concesión de las subvenciones tanto para los municipios como para las
entidades locales autónomas de Andalucía. Igualmente, comparten la misma finalidad
(mantenimiento de los centros de competencias digitales), así como los mismos gastos
subvencionables, forma de pago y justificación de la ayuda.
Por otra parte, la experiencia acumulada en la aplicación del control financiero
permanente de la línea de ayuda a los municipios, ha demostrado una mayor agilidad
tanto a la hora de la gestión administrativa como de la gestión contable de la misma.
En este sentido, se considera que debe extenderse la aplicación del régimen de control
financiero permanente a las ayudas que se conceden a las entidades locales autónomas
de Andalucía (línea ELA), unificando la forma de control de las referidas ayudas.
Finalmente, se incluye, para mayor claridad, el anexo consolidado del Acuerdo de 13
de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye el control previo del
Patronato de la Alhambra y Generalife por el control financiero permanente, se actualiza
la relación de órganos, servicios y gastos de consejerías y agencias administrativas
sometidos a control financiero permanente en virtud de este acuerdo y de acuerdos y
decretos anteriores, y se establecen determinados aspectos de la sustitución del régimen
de control.