Disposiciones generales. . (2024/95-2)
Acuerdo de 14 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye el control previo de determinadas subvenciones y ayudas por el control financiero permanente.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Viernes, 17 de mayo de 2024
página 44962/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Los artículos 93.2 y 94.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de
la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, establecen
que, en sustitución del control previo, por Acuerdo del Consejo de Gobierno podrá
establecerse el sometimiento a control financiero permanente de determinados gastos,
órganos y servicios en los que se considere adecuada dicha fórmula de control.
En virtud de lo anterior, se han ido aprobando sucesivos Acuerdos para sustituir el
control previo de determinados gastos, órganos y servicios de Consejerías y agencias
administrativas por el control financiero permanente.
Recientemente se aprobó el Acuerdo de 13 de febrero de 2024, del Consejo de
Gobierno, por el que se sustituye el control previo del Patronato de la Alhambra y Generalife
por el control financiero permanente, se actualiza la relación de órganos, servicios y gastos
de Consejerías y agencias administrativas sometidos a control financiero permanente en
virtud de este Acuerdo y de Acuerdos y Decretos anteriores, y se establecen determinados
aspectos de la sustitución del régimen de control. Dicho Acuerdo deja sin efectos los
anteriores y unifica todos los gastos, órganos y servicios sometidos a control financiero
permanente, que se incluyen como anexo al mismo.
En este momento se considera necesario sustituir el control previo de una nueva línea
de subvenciones y otra de ayudas por el control financiero permanente.
En primer lugar, el Bono Carestía es una ayuda que pretende paliar el encarecimiento
del coste de la vida para las familias por las subidas de los productos alimenticios básicos
y de los suministros, como consecuencia de la crisis internacional generada por el conflicto
bélico entre Ucrania y Rusia, unido a las consecuencias que se vienen arrastrando
derivadas de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, que ha provocado un estrés
social que genera empobrecimiento en las familias. Consiste en un pago único de 200
euros a familias andaluzas con menores a cargo, en hogares cuyos ingresos anuales son
inferiores a tres veces el IPREM anual vigente, para paliar los efectos de la actual situación
económica, con una previsión presupuestaria de 12 millones de euros en el ejercicio 2024.
La finalidad de esta ayuda económica puntual es generar un impacto positivo directo
sobre el poder adquisitivo de las familias y salvaguardar su dinámica económica, priorizando
a los hogares de mayor vulnerabilidad, como es el caso de las unidades familiares con
menores a cargo, donde los ingresos no puedan hacer frente a las necesidades cotidianas,
debido al actual encarecimiento de los productos de primera necesidad y los suministros.
La Orden de 3 de abril de 2024, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad, por la que se efectúa convocatoria del bono carestía y se aprueban las
bases reguladoras para su concesión, especifica una cuantía total máxima de 12 millones
de euros destinada a esta línea de ayuda, que se financiará con fondos autonómicos del
presupuesto 2024. En la misma se describen determinadas actuaciones del procedimiento
que se realizarán de forma automatizada. Asimismo, las resoluciones serán generadas,
firmadas y notificadas mediante actuación administrativa automatizada, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 13.1, 13.2, 19.2 y 20.1 del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto
203/2021, de 30 de marzo, los artículos 41 y 42 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 40 del Decreto 622/2019, de 27 de
diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización
organizativa de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301912
Acuerdo de 14 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
sustituye el control previo de determinadas subvenciones y ayudas por el control
financiero permanente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Viernes, 17 de mayo de 2024
página 44962/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Los artículos 93.2 y 94.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de
la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, establecen
que, en sustitución del control previo, por Acuerdo del Consejo de Gobierno podrá
establecerse el sometimiento a control financiero permanente de determinados gastos,
órganos y servicios en los que se considere adecuada dicha fórmula de control.
En virtud de lo anterior, se han ido aprobando sucesivos Acuerdos para sustituir el
control previo de determinados gastos, órganos y servicios de Consejerías y agencias
administrativas por el control financiero permanente.
Recientemente se aprobó el Acuerdo de 13 de febrero de 2024, del Consejo de
Gobierno, por el que se sustituye el control previo del Patronato de la Alhambra y Generalife
por el control financiero permanente, se actualiza la relación de órganos, servicios y gastos
de Consejerías y agencias administrativas sometidos a control financiero permanente en
virtud de este Acuerdo y de Acuerdos y Decretos anteriores, y se establecen determinados
aspectos de la sustitución del régimen de control. Dicho Acuerdo deja sin efectos los
anteriores y unifica todos los gastos, órganos y servicios sometidos a control financiero
permanente, que se incluyen como anexo al mismo.
En este momento se considera necesario sustituir el control previo de una nueva línea
de subvenciones y otra de ayudas por el control financiero permanente.
En primer lugar, el Bono Carestía es una ayuda que pretende paliar el encarecimiento
del coste de la vida para las familias por las subidas de los productos alimenticios básicos
y de los suministros, como consecuencia de la crisis internacional generada por el conflicto
bélico entre Ucrania y Rusia, unido a las consecuencias que se vienen arrastrando
derivadas de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, que ha provocado un estrés
social que genera empobrecimiento en las familias. Consiste en un pago único de 200
euros a familias andaluzas con menores a cargo, en hogares cuyos ingresos anuales son
inferiores a tres veces el IPREM anual vigente, para paliar los efectos de la actual situación
económica, con una previsión presupuestaria de 12 millones de euros en el ejercicio 2024.
La finalidad de esta ayuda económica puntual es generar un impacto positivo directo
sobre el poder adquisitivo de las familias y salvaguardar su dinámica económica, priorizando
a los hogares de mayor vulnerabilidad, como es el caso de las unidades familiares con
menores a cargo, donde los ingresos no puedan hacer frente a las necesidades cotidianas,
debido al actual encarecimiento de los productos de primera necesidad y los suministros.
La Orden de 3 de abril de 2024, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad, por la que se efectúa convocatoria del bono carestía y se aprueban las
bases reguladoras para su concesión, especifica una cuantía total máxima de 12 millones
de euros destinada a esta línea de ayuda, que se financiará con fondos autonómicos del
presupuesto 2024. En la misma se describen determinadas actuaciones del procedimiento
que se realizarán de forma automatizada. Asimismo, las resoluciones serán generadas,
firmadas y notificadas mediante actuación administrativa automatizada, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 13.1, 13.2, 19.2 y 20.1 del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto
203/2021, de 30 de marzo, los artículos 41 y 42 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 40 del Decreto 622/2019, de 27 de
diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización
organizativa de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301912
Acuerdo de 14 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
sustituye el control previo de determinadas subvenciones y ayudas por el control
financiero permanente.