Disposiciones generales. . (2024/92-1)
Orden de 6 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, par ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Martes, 14 de mayo de 2024

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Presentación de la cuenta justificativa de la actividad subvencionada.

26.f) Modalidad de justificación:
26.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Contenido de la memoria económica justificativa:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del Texto
Articulado.
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el siguiente:

Razones motivadas para determinar este contenido de la memoria económica justificativa:
En caso de existir costes generales y/o costes indirectos, compensación con un tanto alzado sin necesidad de justificación:
No.
Sí. Determinaciones:
26.f).2º Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor:
Alcance de la revisión de cuentas por el auditor:

Contenido de la memoria económica abreviada:

Persona o entidad beneficiaria obligada a auditar sus cuentas anuales con nombramiento de otro auditor.
Persona o entidad beneficiaria no obligada a auditar sus cuentas anuales, con designación de auditor por el órgano concedente.
El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa por el auditor es subvencionable:
No.
Sí. Hasta el límite de:
26.f).3º Cuenta justificativa simplificada:
Técnica de muestreo que se establece:
26.f).4º Justificación a través de módulos:
En su caso, concreción de los módulos:

Forma de actualización, en su caso, de los módulos:

La concreción de los módulos y de la elaboración del informe técnico se establecerá de forma diferenciada para cada convocatoria:
Sí.
No.
Las personas o entidades beneficiarias están obligadas a la presentación de libros, registros y documentos de trascendencia contable o mercantil:
Sí.
No.
26.f).5º Justificación a través de estados contables:
Informe complementario por auditor de cuentas:
Sí.
No.
En su caso, alcance adicional de la revisión por el auditor:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00301493

La retribución adicional al auditor de cuentas es gasto subvencionable:
No.
Sí. Hasta el límite de:

https://www.juntadeandalucia.es/eboja