3. Otras disposiciones. . (2024/91-35)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Jaén y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía y Consejos Andaluces de Colegios Profesionales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Lunes, 13 de mayo de 2024

página 44569/25

El Consejo Andaluz resolverá, sin ulterior trámite en el plazo de 10 días.
La Junta Electoral confeccionará las candidaturas que hayan sido proclamadas,
por admisión o a virtud de recurso, y la comunicará a todos los colegiados mediante su
página web o circular, con una antelación mínima de 15 días a la fecha en que hubiere de
tener lugar la elección.
A partir de la proclamación, quedará abierta la campaña electoral.
Si solo se presentara una candidatura, ésta quedaría proclamada automáticamente,
no teniendo lugar la celebración de elecciones. En este caso, la Junta Electoral dará por
finalizado el proceso y se disolverá.
Si no se presentase ninguna candidatura, terminado el plazo, se procederá a convocar
nuevas elecciones dentro de los tres meses siguientes, quedando la Junta de Gobierno
en funciones hasta que estas hayan tenido lugar.

Artículo 48. Proceso electoral.
1. Lista de electores o censo electoral:
a) La Junta de Gobierno del Colegio facilitará a la Junta Electoral, la lista de electores
o censo, que se hará pública mediante su exposición en la página web del Colegio desde
el mismo día de la constitución de la Junta Electoral, hasta que las elecciones hayan
tenido lugar.
b) Las normas electorales y calendario se remitirán a todos los colegiados, después
de la constitución de la Junta Electoral, mediante circular informativa, por los medios
habituales de comunicación del Colegio, así como su publicación en la web.
c) La Junta Electoral resolverá cuantas incidencias o reclamaciones relativas a
inclusiones, exclusiones o correcciones se presenten de la exposición de la lista de
electores dentro de los tres días laborables siguientes a la reclamación.
d) Dichas resoluciones serán notificadas al colegiado reclamante, en el plazo de los
dos días laborales siguientes por correo electrónico.
e) Contra la resolución de la Junta Electoral no cabrá recurso alguno.
2. Presentación y proclamación de candidaturas:
a) A partir del momento en que se constituya la Junta Electoral y hasta las 12 horas
del decimoquinto día, posterior a la convocatoria, los electores podrán presentar las
candidaturas con todos los documentos anexos.
b) El mismo día, la Junta Electoral, en sesión pública, revisará las documentaciones
presentadas y procederá a la proclamación de aquellas candidaturas que reúnan las
necesarias condiciones, levantándose acta del resultado de la proclamación. En este
Acta se recogerá cuantas reclamaciones puedan formularse por los asistentes al acto y
sobre las que la Junta Electoral resolverá lo que proceda. Una copia de dicha acta será
expuesta en el apartado web de elecciones del Colegio, reservándose el original como
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 47. Interventores. Función.
Por cada candidatura se podrá presentar hasta un máximo de tres interventores. De
no indicarse nada en contrario, la solicitud de interventores deberá hacerse hasta 10 días
antes de la fecha de la elección.
Será función de los Interventores, las siguientes:
a) Permanecer en la Mesa Electoral si lo desea.
b) Poner en conocimiento del Presidente de la Mesa las anomalías que observe que
no se ajusten al presente reglamento.
c) Colaborar con la Mesa para el mejor funcionamiento del proceso electoral.
d) Estar presente en todos los actos de deliberación de la Mesa y ofrecer su opinión.
e) Velar por la limpieza del proceso procurando que existan suficientes papeletas de
todas las candidaturas.
f) Estar presente en el acto del escrutinio y tener derecho a una copia del acta, si así
lo solicita del Presidente a la terminación del acto.