3. Otras disposiciones. . (2024/89-25)
Orden de 29 de abril de 2024, por la que se establecen normas adicionales relativas a la intervención del pago específico al cultivo del algodón en Andalucía en el periodo 2023-2027.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Jueves, 9 de mayo de 2024

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factor indicativo en el marco del cumplimiento del artículo 62 del Reglamento (UE) número
2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre.
Debido a los cambios en la normativa tanto a nivel europea como nacional, se ha
creído conveniente por motivos de eficacia y seguridad jurídica la redacción de esta
nueva norma, que desarrolle, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los
aspectos cuyo establecimiento corresponde a las comunidades autónomas, relativos a
la rotación del cultivo, la superficie elegible con derecho a pago, el listado de variedades
autorizadas, la densidad mínima de plantación y las técnicas de cultivo.
En la elaboración de esta norma se ha tenido en cuenta y se ha adecuado a los
principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y
eficiencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Además se ha tenido en cuenta la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de
la igualdad de género en Andalucía, entendiendo que corresponde a los poderes públicos
potenciar la perspectiva de igualdad de género y teniendo el compromiso de continuar
con este objetivo durante el periodo de aplicación de esta norma al ser conscientes de las
necesidades de impulso y mejora para el logro de una igualdad real en la que se eliminen
los efectos discriminatorios que pudieran detectarse.
Se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia
siendo la presente norma el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
La norma es acorde con el principio de proporcionalidad, dado que contiene estrictamente
la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos que se presiguen. Se
ajusta al principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el resto del ordenamiento
jurídico, tanto nacional como comunitario. En cuanto al principio de transparencia, se han
cumplido con los trámites previstos en la normativa.
Esta Comunidad Autónoma tiene asumidas las competencias en materia de
agricultura en virtud del artículo 48 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de
acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general y la política
monetaria del Estado, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1 de
la Constitución Española.
Estas competencias se encuentran asignadas a esta Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022,
de 8 de agosto, y por el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
En virtud de lo expuesto, a propuesta del Director General de la Producción Agrícola
y Ganadera, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo
26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía,

Artículo 1. Objeto.
1. La presente orden tiene por objeto, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto
1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones
en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema
integrado de gestión y control, establecer las normas adicionales relativas a la intervención
del pago específico del algodón cultivado en ámbito territorial de Comunidad Autónoma de
Andalucía para el periodo comprendido entre los años 2023 y 2027.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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