Disposiciones generales. . (2024/88-2)
Orden de 30 de abril de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Comunidades Andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 88 - Miércoles, 8 de mayo de 2024

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ánimo de lucro que desarrollen actividades y programas relacionados (entre otros) con Comunidades
Andaluzas. En este caso la excepción viene contemplada en el artículo 29.1 letra a) de la Ley
12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año
2024.
Además, dada la escasa capacidad económica de estas entidades, la financiación previa es
necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.

Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional: Comunidades Andaluzas
establecido en el artículo: 29.1
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.

Secuencia del pago anticipado:
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
1 100%

PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0

MOMENTO O FECHA DE PAGO
Tras la resolución
definitiva.

24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:

4 meses desde la
finalización
ejecución.

IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
0

No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:

24.c) Compromiso de pago en una fecha determinada:
No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.
Se establece el compromiso de pago en la/s siguientes fecha/s:

24.d) Forma en la que se efectuará el pago:

El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante haya indicado, previa acreditación de su
titularidad.
Otra forma:

25.- Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (Artículo 26):
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:

26.- Justificación de la subvención (Artículo 27).
26.a) La justificación de la subvención ante el órgano concedente se realizará por parte de:

26.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación:
El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: 4 meses

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

, a contar desde: la finalización del plazo
de ejecución de la
actividad previsto en la
correspondiente
convocatoria.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301270

La persona o entidad beneficiaria.
La entidad colaboradora.