3. Otras disposiciones. . (2024/83-33)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Jerez UTE, concesionaria del servicio público de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz), mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

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En fecha 18 de abril la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
en Cádiz solicita propuesta de servicio mínimos a la empresa, a los representantes de los
trabajadores y al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, al objeto de ser oídas con carácter
previo y preceptivo a la fijación de los servicios mínimos necesarios. Las propuestas son
las siguientes:
La empresa con fecha 19 de abril comunica su propuesta, concretada en su contenido
el día 22 de abril:
Para el servicio especial de Feria conforme con el contrato que tiene con el
Ayuntamiento, incluyendo tanto los días propios de la Feria como los de la pre-feria y
post-feria, se propone el 100%.
Respecto de los servicios ordinarios se propone el 100% de los mismos.
Los representantes de los trabajadores con fecha 18 de abril proponen:
- Un camión de carga trasera con el conductor y 1 peón del mismo para llevar a cabo
la recogida de residuos que se detalla:
Hospital Asisa.
Residencias de ancianos.
Residencia de ancianos Suit.
Zoológico.
- Una compactadora con el conductor de la misma para los servicios de recogida de
residuos:
Hospital San Juan Grande.
Hospital General de la Seguridad Social.
Mercado Municipal de Abastos.
Por parte del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera no consta propuesta de servicios
mínimos.
Vistas las propuestas de las partes, la Delegación Territorial de esta Consejería
en Cádiz procede a elaborar la correspondiente propuesta de regulación de servicios
mínimos, que eleva a esta Dirección General en fecha 23 de abril de 2024, cuyo contenido
es el que consta en el anexo de esta resolución y se considera adecuado en base a los
criterios que se indican:
Primero. La importancia de los bienes y derechos constitucionales antes citados,
susceptibles de ser afectados por la presente huelga, puesto que la empresa es
concesionaria del servicio público de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos
urbanos. La actividad que realiza la empresa se considera claramente un servicio
esencial para la comunidad, no existiendo alternativas al servicio prestado.
Segundo. El carácter indefinido de la huelga, por lo que la acumulación de residuos
en las vías públicas y, especialmente, materia orgánica susceptible de descomposición,
puede provocar la transmisión de enfermedades infecto-contagiosas por la presencia de
insectos y roedores.

Cuarto. El inicio de la huelga coincide con la Feria del Caballo de Jerez, del 4 al 11
de mayo, con una ocupación hotelera que supera el 80% durante estas fechas y con
una asistencia diaria al recinto ferial que se calcula de 130.000 visitantes. Por tanto es
evidente la necesidad de garantizar la prestación del servicio de limpieza viaria y recogida
de residuos, especialmente lo que concierne al recinto ferial. Según la información
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. La población a la que presta servicio esta empresa alcanza a más de 200.000
habitantes, así como su extenso termino municipal con más de 1.100 kilómetros
cuadrados, distribuidos en un núcleo urbano, 7 pedanías y 16 barriadas rurales.