3. Otras disposiciones. . (2024/83-33)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Jerez UTE, concesionaria del servicio público de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz), mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

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aportada por la empresa durante la Feria del Caballo diariamente se retiran una media de
1.000 toneladas de basura del Parque González Hontoria (Recinto Ferial), además en las
horas centrales del día las temperaturas estimadas son en torno a 30º.
Quinto. Los precedentes administrativos, consentidos o no impugnados, regulados
por la Resolución de 9 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad
y Salud Laboral, (BOJA 52, de 14 de marzo de 2024), la Resolución de la Dirección
General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral de 23 de febrero de 2024 (BOJA 43, de 1
de marzo de 2024).
Hay que tener en cuenta la especial vulnerabilidad de los centros de salud, hospitales,
centros educativos, centro de personas mayores y de servicios sociales, mercados de
abastecimiento y mataderos, donde la salubridad y las condiciones higiénico-sanitarias
deben de ser mayores.
Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio entre
los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el efectivo
ejercicio de la huelga, el contenido de esta regulación es el que consta en el anexo,
regulación que se establece de conformidad con lo que disponen las normas aplicables:
artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía;
artículo 10, párrafo 2.º, Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo; Real Decreto 4043/1982,
de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del
Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo; Decreto del Presidente 10/2022,
de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado
por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; Decreto 155/2022, de 9 de
agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo, y Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el
Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el anexo de esta resolución,
para regular la situación de huelga convocada en la empresa Jerez UTE, concesionaria
del servicio público de limpieza viaria y recogida de residuos en el término municipal
de Jerez de la Frontera (Cádiz). La huelga se llevará a cabo con carácter indefinido a
partir de las 22:00 horas del día 2 de mayo de 2024, afectando a todas las personas
trabajadoras de la mencionada empresa en la localidad de Jerez de la Frontera (Cádiz).
Segundo. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados
ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre
relaciones de trabajo.
Tercero. Lo dispuesto en los apartados anteriores no supondrá limitación alguna de
los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha
situación, ni tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.

Sevilla, 25 de abril de 2024.- El Director General, Luis Roda Oliveira.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300880

Cuarto. La presente resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su
posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.