3. Otras disposiciones. . (2024/83-45)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las medidas de apoyo de la Junta de Andalucía como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19): Sector de servicios de atención residencial y centro de día a las personas mayores y a personas con discapacidad.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024
página 43873/9
El Apéndice 9.2 desarrolla aspectos del resultado de las actuaciones de verificación y análisis
realizado.
19
La auditoría se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de fiscalización
de las Instituciones Públicas de Control Externo. En concreto con las normas internacionales de las
entidades fiscalizadoras superiores: ISSAI-ES 100 “Principios fundamentales de fiscalización del
sector público”, ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de la fiscalización de cumplimiento” y la
guía práctica de fiscalización de los Órganos de Control Externo, GPF-OCEX 4000 “Guía para las
auditorías de cumplimiento”.
Dicha normativa exige que se cumplan los requerimientos de ética, así como que se planifique y
ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que la gestión realizada
cumple con el marco normativo de aplicación.
20
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
sobre la legalidad de las operaciones. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del
auditor, incluida la valoración de los riesgos de incumplimientos significativos de la legalidad. Al
efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante para
garantizar dicho cumplimiento, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean
adecuados para la identificación de las debilidades y desviaciones respecto a la normativa aplicable,
y expresar la incidencia que la eficacia del control interno de la entidad pueda tener en la opinión
del cumplimiento de la legalidad.
21
La comprensión adecuada del presente informe requiere que se tenga en cuenta el contexto global
del mismo. Cualquier conclusión hecha sobre un párrafo o epígrafe pudiera no tener sentido
aisladamente considerada.
22
La evidencia de auditoría que se ha obtenido hasta la fecha de finalización de los trabajos de campo
(5 mayo de 2023), proporciona una base suficiente y adecuada para fundamentar la opinión de
cumplimiento con salvedades.
5. OPINIÓN CON SALVEDADES
23
En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, excepto por los efectos de las deficiencias de
control y los incumplimientos descritos en el epígrafe “Fundamentos de la opinión con salvedades”,
la gestión realizada por la ASSDA de las medidas urgentes y extraordinarias que, como consecuencia
de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se aprobaron para el apoyo económico a las
entidades prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y de noche, y centro
de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia, resulta conforme, en
todos los aspectos significativos, con el marco normativo de aplicación. (§18)
6. FUNDAMENTO DE LA OPINIÓN CON SALVEDADES
En este epígrafe se describen cuestiones relativas a las áreas fiscalizadas que han sido tratadas en
el contexto de nuestro trabajo mediante el análisis de pruebas documentales y de indagaciones, así
como contraste y evaluación de las respuestas.
00300822
24
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024
página 43873/9
El Apéndice 9.2 desarrolla aspectos del resultado de las actuaciones de verificación y análisis
realizado.
19
La auditoría se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de fiscalización
de las Instituciones Públicas de Control Externo. En concreto con las normas internacionales de las
entidades fiscalizadoras superiores: ISSAI-ES 100 “Principios fundamentales de fiscalización del
sector público”, ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de la fiscalización de cumplimiento” y la
guía práctica de fiscalización de los Órganos de Control Externo, GPF-OCEX 4000 “Guía para las
auditorías de cumplimiento”.
Dicha normativa exige que se cumplan los requerimientos de ética, así como que se planifique y
ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que la gestión realizada
cumple con el marco normativo de aplicación.
20
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
sobre la legalidad de las operaciones. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del
auditor, incluida la valoración de los riesgos de incumplimientos significativos de la legalidad. Al
efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante para
garantizar dicho cumplimiento, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean
adecuados para la identificación de las debilidades y desviaciones respecto a la normativa aplicable,
y expresar la incidencia que la eficacia del control interno de la entidad pueda tener en la opinión
del cumplimiento de la legalidad.
21
La comprensión adecuada del presente informe requiere que se tenga en cuenta el contexto global
del mismo. Cualquier conclusión hecha sobre un párrafo o epígrafe pudiera no tener sentido
aisladamente considerada.
22
La evidencia de auditoría que se ha obtenido hasta la fecha de finalización de los trabajos de campo
(5 mayo de 2023), proporciona una base suficiente y adecuada para fundamentar la opinión de
cumplimiento con salvedades.
5. OPINIÓN CON SALVEDADES
23
En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, excepto por los efectos de las deficiencias de
control y los incumplimientos descritos en el epígrafe “Fundamentos de la opinión con salvedades”,
la gestión realizada por la ASSDA de las medidas urgentes y extraordinarias que, como consecuencia
de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se aprobaron para el apoyo económico a las
entidades prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y de noche, y centro
de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia, resulta conforme, en
todos los aspectos significativos, con el marco normativo de aplicación. (§18)
6. FUNDAMENTO DE LA OPINIÓN CON SALVEDADES
En este epígrafe se describen cuestiones relativas a las áreas fiscalizadas que han sido tratadas en
el contexto de nuestro trabajo mediante el análisis de pruebas documentales y de indagaciones, así
como contraste y evaluación de las respuestas.
00300822
24
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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