3. Otras disposiciones. . (2024/83-45)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las medidas de apoyo de la Junta de Andalucía como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19): Sector de servicios de atención residencial y centro de día a las personas mayores y a personas con discapacidad.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43873/8

A la Dirección-Gerencia le corresponde, entre otras atribuciones estipuladas en el Art.15 de los
Estatutos de la ASSDA, la planificación, coordinación, seguimiento y evaluación de las actuaciones
desarrollados por la Agencia, así como la autorización de los gastos, efectuar las disposiciones,
contraer obligaciones y ordenar pagos, conforme a la normativa presupuestaria aplicable.
Conforme al citado artículo, las disposiciones finales de los tres Decretos-ley establecen como
competencia para la gestión de las medidas que se fiscalizan, únicamente, la autorización a la
persona titular de la Dirección-Gerencia de la ASSDA para llevar a cabo cuantas actuaciones sean
necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en los mismos.
En virtud de las atribuciones expuestas y conforme al Art. 71 del Decreto 197/2021, de 20 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de
la JA y de la gestión recaudatoria, la Dirección-Gerencia es competente para declarar el pago
indebido y resolver el procedimiento de reintegro determinando la cuantía a ingresar.

16

Solo el DL23/2021 autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de servicios
sociales para aprobar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo, aplicación y
ejecución de lo establecido en este decreto-ley.

17

El Art. 20 de los Estatutos, establece que la Agencia se estructura en servicios centrales (SS.CC) y
territoriales (SS.TT).
Los SS.TT, con dependencia orgánica de las Delegaciones Provinciales de la Consejería que se
adscribe la Agencia y dependencia funcional de la ASSDA, desarrollan, en sus respectivos ámbitos
provinciales, los planes de actuación y funciones atribuidas.
La gestión de las medidas que se fiscalizan se ha realizado de forma conjunta por los SS.TT y
determinadas jefaturas de los SS.CC10 de la ASSDA.
El flujograma nº 1 (§A.15) relaciona las funciones asignadas a las unidades responsables del
procedimiento de gestión de las medidas económicas fiscalizada.

4. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA EN
RELACIÓN CON LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO
18

La responsabilidad de la Cámara de Cuentas de Andalucía es expresar una opinión, en términos de
seguridad razonable, sobre el cumplimiento del marco normativo de aplicación en la gestión
realizada por la ASSDA de las medidas urgentes y extraordinarias que, como consecuencia de la
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se aprobaron para el apoyo económico a las entidades
prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y de noche, y centro de día con
terapia ocupacional para personas en situación de dependencia.

En concreto, la Jefatura de Centros y Servicios asume la gestión de los servicios de atención residencial y centros de día. Para ello, se
le asignan la concertación de las plazas y ejecutar la correcta aplicación económica y seguimiento que la prestación de estos servicios,
que implica la gestión, en coordinación con las Unidades de Apoyo Administrativo, de las liquidaciones y seguimiento de la facturación
de los servicios.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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