3. Otras disposiciones. . (2024/83-45)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las medidas de apoyo de la Junta de Andalucía como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19): Sector de servicios de atención residencial y centro de día a las personas mayores y a personas con discapacidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

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consecuencia de la situación ocasionada por el COVID-19, se otorgaron durante los ejercicios 2020
y 2021 a las entidades prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y de noche,
y centro de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia.
Como objetivo adicional, se incluye la evaluación de los sistemas y procedimientos diseñados e
implementados para garantizar la fiabilidad de la información y el cumplimiento de la normativa de
aplicación.
El marco normativo de aplicación se detalla en el Apéndice 9.1 de este informe.
5

El alcance objetivo (materia fiscalizada) comprende la verificación del cumplimiento en la gestión
de las medidas extraordinarias y urgentes de apoyo económico, reguladas en los Decretos-ley
31/20, 15/21 y 23/21, respectivamente.
Constituye el alcance subjetivo de la fiscalización la ASSDA, agencia pública empresarial adscrita a
la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación6.
El ámbito temporal se circunscribe al periodo que abarca desde la aprobación de la primera medida
económica (diciembre de 2020) hasta la fecha límite para la justificación de la tercera y última
medida aprobada (noviembre de 2022), sin perjuicio de aplicar los procedimientos de auditoría a
determinadas actividades (comprobación o revisión de documentación justificativa, aplicación del
procedimiento de reintegro), que la ASSDA ha de llevar a cabo con posterioridad a noviembre de
2022 y que inciden de forma significativa en la gestión realizada.

2. DESCRIPCIÓN DE LA MATERIA CONTROLADA
6

Para prevenir y controlar la expansión de la infección causada por el COVID-19 y reforzar el sistema
de salud pública en Andalucía, con fecha 13 de marzo de 2020, se acuerda, mediante la Orden de
la Consejería de Salud y Familias en coordinación con la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y
Conciliación, la suspensión inmediata de todas las actividades de la red de centros de día y de
nuevos ingresos en los centros residenciales, de conformidad con lo previsto en el Art. 54 de la Ley
33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública y en el Art. 83 de la Ley 16/2011, de 23 de
diciembre, de Salud Pública de Andalucía.

7

Asimismo, como consecuencia de la declaración del estado de alarma para la gestión de la crisis
sanitaria causada por el COVID-19, aprobada mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo,
en la Comunidad Autónoma de Andalucía (CAA) se adoptaron una serie de medidas obligatorias de
prevención e higiénico-sanitarias que provocó que las entidades prestadoras tuvieran que adaptar
su funcionamiento a las exigencias sanitarias.

6 Decreto 228/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, que establece la estructura
orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300822

Este hecho originó la aprobación de una serie de medidas económicas con la finalidad de garantizar
la continuidad asistencial, la calidad de la prestación de los servicios y el mantenimiento del empleo
en los centros.