3. Otras disposiciones. . (2024/83-45)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las medidas de apoyo de la Junta de Andalucía como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19): Sector de servicios de atención residencial y centro de día a las personas mayores y a personas con discapacidad.
50 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43873/11

Salvedades por incumplimientos en el proceso de ejecución
28

De la muestra seleccionada, en 5 expedientes (un 1,76% s/total) no consta la aportación de la
documentación justificativa de los gastos y en 46 expedientes (un 16,20% s/total) se han justificado
gastos por cuantía inferior a la abonada, lo que incumplen los Art. 7.e) y 9.6 del DL31/20, 2.e) y 5
del DL15/21 y 4 del DL23/21. (§Incidencias 5, 6 y 7 del Anexo 10.2)

29

En 7 expedientes (un 2,46% s/total de la muestra) consta la presentación de la documentación
justificativa fuera del plazo preceptivo que se determina en los Art.9 del DL31/20, Art.5 del DL 15/21
y Art.4 del DL23/21, respectivamente. (§ Incidencia 14 del Anexo 10.2)
De estos 7 expedientes, cinco que corresponden al DL31/20 y a centros ubicados en las provincias
de Sevilla y Huelva, no constan en la resolución de inicio del expediente de reintegro
correspondiente a las medidas de apoyo económico, lo cual supone que los SS.CC le han otorgado
validez cuando procedería el reintegro por este importe. (§ Cuadro nº 6 y § A.19)

30

En 17 expedientes constan incidencias que no han cumplido con lo establecido en las Instrucciones
que desarrollan el proceso para la acreditación de los gastos objeto de las medidas económicas11.
(§ A.16 e Incidencias 8, 9, 10, 13 y 15 del Anexo 10.2).

31

Se han detectado las siguientes diferencias entre los resultados de la comprobación de los SS.TT y
la revisión realizada en los trabajos de fiscalización:
-

En un expediente los SS.TT comunican a SS.CC. 4.000€ más del importe realmente justificado
por el centro. Este expediente, que es susceptible de reintegro, consta como justificado para
SS.CC. (§ Incidencia 7 del Anexo 10.2)

-

Otro expediente incluye 2 facturas, por un importe total de 2.858,61€, que no corresponden
al periodo elegible de la medida, lo cual supone que los SS.TT le han otorgado validez a un
importe no justificado, cuando procede el reintegro por este importe. (§ Incidencia 11 del
Anexo 10.2)

-

En otro expediente no consta la documentación del pago de las nóminas, correspondiente a
los gastos de contratación de personal, cuando es un requisito necesario para la acreditación
de los gastos objeto de las medidas económicas, según las Instrucciones que desarrollan el
proceso. (§ Incidencia 12 del Anexo 10.2)

7. OTRAS CUESTIONES QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN
Los resultados de la fiscalización incluyen, además de las obligaciones establecidas en la ley, las
consideraciones sobre el procedimiento diseñado e implementado para garantizar la fiabilidad de
la información y el cumplimiento de la normativa de aplicación. (§ 4)

11

00300822

32

Párrafo modificado por la alegación presentada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja