3. Otras disposiciones. . (2024/83-47)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Moguer (Huelva). Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43875/62

TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La entidad se limita a señalar que en noviembre de 2023 se ha formalizado un contrato de
servicios para la elaboración de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento y de la
valoración de los puestos.
Este extremo no ha podido comprobarse al no aportar la entidad la documentación
correspondiente.
ALEGACIÓN Nº 27, AL PUNTO 56. Premios a la jubilación voluntaria y forzosa. ALEGACIÓN NO
ADMITIDA
27.-En el punto 56.- El Reglamento de funcionarios prevé el abono de un incentivo a la jubilación
voluntaria y un premio a la jubilación forzosa que el TS, atendiendo a una reiterada
jurisprudencia, considera ilegales en el caso de los funcionarios de las administraciones locales.
A partir de enero de 2022, el Ayuntamiento dejó de abonar el citado concepto al personal
funcionario previsto en el art. 34 del Reglamento de funcionarios.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La entidad fiscalizada informa que, a partir de enero 2022, el Ayuntamiento dejó de abonar el
citado concepto al personal funcionario.
Este extremo no ha podido comprobarse al no aportar la entidad la documentación
correspondiente.
ALEGACIÓN Nº 28, AL PUNTO 58. Prestaciones sin cobertura contractual. ALEGACIÓN NO
ADMITIDA
28.- En el punto 58.- “El análisis de una muestra de facturas junto con el examen de los reparos
formulados por la intervención revela la existencia de prestaciones que carecen de cobertura
contractual, bien porque la misma nunca existió o porque existiendo, una vez concluida, la
entidad optó por continuar las prestaciones por la vía de hecho”.

00300824

Respecto al ejercicio 2021, que es el año fiscalizado, el propio informe de la Cámara de Cuentas
afirma que, del importe total sin cobertura contractual que asciende a 1.856.690,98 €, un 64,22%
de esta cantidad corresponde al contrato corresponde al Contrato de Servicio de Ayuda a
Domicilio, cuya adjudicación fue recurrida y anulada por el Tribunal Administrativo de Recursos
Contractuales de la Junta de Andalucía con fecha 4 de febrero de 2022 (R.E nº 1826 de fecha 15
de febrero 2022), efectivamente por causa no imputable a este Ayuntamiento durante el período
comprendido entre el 31 de mayo 2021 y el 21 de julio de 2022 (fecha de formalización), la
prestación no estuvo amparada por un contrato adjudicado y formalizado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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