3. Otras disposiciones. . (2024/83-47)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Moguer (Huelva). Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43875/52

presupuestarias, se procederá a adoptar los acuerdos necesarios, y a dotar de mayores medios
al área afectada, corrigiendo así las observaciones apreciadas en el presente epígrafe.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La entidad no contradice el hecho observado en el informe, limitándose a tratar de justificarlo
por tratarse de operaciones aisladas y en la insuficiencia de medios personales con los que
cuenta el Ayuntamiento.
ALEGACIÓN Nº 12, AL PUNTO 35. Cuenta 557 “Formalización”. ALEGACIÓN NO ADMITIDA
12.- En el punto 35 “La entidad no utiliza en ningún caso la cuenta 557. “Formalización”; en su
lugar, contabiliza las operaciones en las que los cobros y pagos se compensan, sin existir
movimientos reales de efectivo, mediante aplicaciones directas entre las cuentas implicadas, lo
que dificulta el seguimiento de tales operaciones e imposibilita conocer cuál ha sido el montante
total de los cobros y pagos de tal naturaleza.
Así, por ejemplo, en la cuenta 570. “Caja operativa” se registran movimientos en formalización y
no de efectivo, reflejándose un único ingreso por 1.463,87 € que se va compensando con facturas
de alquiler de un local hasta agotar ese importe y presentar al final del ejercicio un saldo cero.”
Dicha cuenta no está programada por el aplicativo SICALWIN, cuando se trata de formalizaciones
mediante descuentos. La utiliza cuando se hacen los pagos y los ingresos por separado, utilizando
el ordinal 901 “Formalización”.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La alegación no contradice las observaciones que se realizan en el informe.
La entidad aclara que la cuenta 557, cuando se trata de formalizaciones mediante descuentos,
no está programada en el aplicativo SICALWIN, y cuando se realizan los pagos e ingresos por
separado se utiliza el ordinal 901 “Formalización”.
Sin embargo, se ha podido comprobar que este ordinal no ha presentado movimientos durante
el ejercicio fiscalizado, ni en el anterior, por lo que se mantiene lo señalado en el punto 35 “La
entidad no utiliza en ningún caso la cuenta 557. “Formalización”.
ALEGACIÓN Nº 13, AL PUNTO 36. Información del sistema contable. ALEGACIÓN NO ADMITIDA

El programa SICALWIN no dispone de módulo de patrimonio municipal de suelo. No obstante lo
anterior, el Ayuntamiento tiene entre sus prioridades proceder a la licitación de un contrato de
servicio para actualizar el inventario municipal y proceder a la conciliación de este último con la
contabilidad municipal.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300824

13.- En el punto 36.- “El sistema contable de la entidad no ofrece información del patrimonio en
general ni del patrimonio municipal del suelo en particular”.