3. Otras disposiciones. . (2024/83-47)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Moguer (Huelva). Ejercicio 2021.
67 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43875/19

Situación del empleo temporal
53

En el cuadro nº 6 se muestra la situación del empleo temporal a finales de 2021, de la que se
desprenden irregularidades que se relacionan, bien con la inactividad mostrada por la entidad a
la hora de sacar las plazas a oferta de empleo público (OEP), o con el fraude a la normativa de
contratación de duración determinada (art. 15.5 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET)).
Situación del empleo temporal
Tipología relación laboral
Funcionarios interinos (art. 10.1 a) TREBEP)
Laboral interino por vacante (art. 4 RD 2720/1998 por el que se desarrolla el artículo 15 del ET)
Personal laboral indefinido no fijo de plantilla
Fuente: elaborado por la CCA

Nº empleados a 31/12/ 2021
25
4
53
Cuadro nº 6

- El personal funcionario interino por ocupación de plaza vacante fue nombrado a lo largo del
periodo 1994 a 2010, lo que pondría de manifiesto el incumplimiento de lo previsto en el
artículo 10.4 y 70 del TREBEP.
En 2022, como consecuencia de la OEP de 2018, aprobada al amparo del proceso de
estabilización previsto en el artículo 19 uno. 9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018, se han estabilizado once de estas plazas de
funcionarios.
El resto de las vacantes, con la cobertura ofrecida por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se han incluido
en la OEP publicada en el BOP el 24/05/2022.
- En cuanto al personal laboral interino por vacante se pone de manifiesto el incumplimiento
del art. 4 RD 2720/1998 por el que se desarrolla el artículo 15 del ET, destacando la
inactividad de la corporación en la adopción de medidas dirigidas a conseguir su
estabilización, por lo menos hasta mayo de 2022, momento en el que esas plazas han sido
incluidas en la OEP aprobada al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
- El grupo de los 53 empleados indefinidos que no fijos de plantilla, generado en el periodo
2000 a 2016, de los cuales tres obtuvieron tal condición a raíz de una sentencia judicial y el
resto a iniciativa de la corporación adoptada con anterioridad a 2017, evidencia el
incumplimiento de la normativa reguladora de la contratación de duración determinada,
recogida en el art. 15.5 del ET.

00300824

Al igual que con el personal laboral interino por vacante, es destacable la falta de iniciativas
dirigidas a conseguir su estabilización hasta mayo de 2022, momento en el que las plazas se
han incorporado a la OEP aprobada al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja