Disposiciones generales. . (2024/81-5)
Orden de 15 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la implantación de infraestructuras bioindustriales sostenibles de tratamiento y valorización del alperujo en la provincia de Jaén, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 4, Submedida 4.2, Operación 4.2.2), en el ámbito de la Inversión Territorial Integrada de la provincia de Jaén.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024
página 43742/24
(Página 15 de 19)
segunda solicitud de pago de anticipo), siempre que se cumpla que en el conjunto de todos los
importes anticipados no se supere el 50% de la ayuda (artículo 45 del citado Reglamento (UE) nº
1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013) y que la garantía
corresponda al 100% del importe anticipado (artículo 63) que quede sin justificar del conjunto de
solicitudes de anticipos.
La garantía se cancelará cuando tras el control administrativo de la solicitud de pago el importe
admisible supere el importe del anticipo.
Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma: Aval bancario
- Cuantía de las garantías: El 100% de la cuantía anticipada
- Órgano en cuyo favor se constituyen: Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional:
establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
1 Hasta el 50%
2 Suma de los dos
pagos, máximo 50%
MOMENTO O FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0
Como máximo un mes
desde la
finalización del
plazo de ejecución
de las inversiones
Antes de la justificación
Como máximo un mes
de la ejecución de las
desde la
inversiones y después de
finalización del
haber justificado un primer plazo de ejecución
pago
de las inversiones
IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
Tras la resolución de
concesión
100% de la cuantía
anticipada en el
primer pago.
24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
La entidad beneficiaria deberá tener asociada en GIRO la cuenta bancaria en la que se solicite
el pago de la ayuda debiendo ser de su propia titularidad. Para ello, se podrá solicitar a la
Dirección General de Tesorería y Deuda Pública que se actualicen sus datos bancarios, o acceder
directamente a la Oficina Virtual de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos en
la siguiente dirección de internet, para realizar las oportunas verificaciones y
actualizaciones de sus datos bancarios en GIRO:
http://www.chap.junta-andalucia.es/haciendayadministracionpublica/ov/general/manten_cuenta.htm
A fecha de presentación de solicitud tendrán que estar acreditados los criterios de
priorización A),B) C), D), E) y F).
24.c) Compromiso de pago en una fecha determinada:
No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.
Se establece el compromiso de pago en la/s siguientes fecha/s:
24.d) Forma en la que se efectuará el pago:
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante haya indicado, previa acreditación de su
titularidad.
Otra forma:
25.- Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (Artículo 26):
00300691
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024
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segunda solicitud de pago de anticipo), siempre que se cumpla que en el conjunto de todos los
importes anticipados no se supere el 50% de la ayuda (artículo 45 del citado Reglamento (UE) nº
1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013) y que la garantía
corresponda al 100% del importe anticipado (artículo 63) que quede sin justificar del conjunto de
solicitudes de anticipos.
La garantía se cancelará cuando tras el control administrativo de la solicitud de pago el importe
admisible supere el importe del anticipo.
Garantías:
No se establecen.
Sí.
- Forma: Aval bancario
- Cuantía de las garantías: El 100% de la cuantía anticipada
- Órgano en cuyo favor se constituyen: Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria
- Procedimiento de cancelación:
Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la subvención, por tratarse de:
Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional:
establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO
1 Hasta el 50%
2 Suma de los dos
pagos, máximo 50%
MOMENTO O FECHA DE PAGO
PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0
Como máximo un mes
desde la
finalización del
plazo de ejecución
de las inversiones
Antes de la justificación
Como máximo un mes
de la ejecución de las
desde la
inversiones y después de
finalización del
haber justificado un primer plazo de ejecución
pago
de las inversiones
IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES
Tras la resolución de
concesión
100% de la cuantía
anticipada en el
primer pago.
24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
La entidad beneficiaria deberá tener asociada en GIRO la cuenta bancaria en la que se solicite
el pago de la ayuda debiendo ser de su propia titularidad. Para ello, se podrá solicitar a la
Dirección General de Tesorería y Deuda Pública que se actualicen sus datos bancarios, o acceder
directamente a la Oficina Virtual de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos en
la siguiente dirección de internet, para realizar las oportunas verificaciones y
actualizaciones de sus datos bancarios en GIRO:
http://www.chap.junta-andalucia.es/haciendayadministracionpublica/ov/general/manten_cuenta.htm
A fecha de presentación de solicitud tendrán que estar acreditados los criterios de
priorización A),B) C), D), E) y F).
24.c) Compromiso de pago en una fecha determinada:
No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.
Se establece el compromiso de pago en la/s siguientes fecha/s:
24.d) Forma en la que se efectuará el pago:
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante haya indicado, previa acreditación de su
titularidad.
Otra forma:
25.- Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (Artículo 26):
00300691
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja