Disposiciones generales. . (2024/81-5)
Orden de 15 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la implantación de infraestructuras bioindustriales sostenibles de tratamiento y valorización del alperujo en la provincia de Jaén, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 4, Submedida 4.2, Operación 4.2.2), en el ámbito de la Inversión Territorial Integrada de la provincia de Jaén.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024

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acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud y en las declaraciones responsables, junto
al correspondiente Anexo II publicado en la correspondiente convocatoria, debidamente cumplimentado, y en
caso de no presentarla, se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa resolución:
1. Documentación acreditativa de la entidad solicitante:
1º. Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal (NIF).
2º. Escritura de constitución o certificado del registro correspondiente relativo a la inscripción de la
constitución, y estatutos en vigor de la sociedad, debidamente inscritos en el Registro correspondiente.
3º. Libro de Registro de acciones y participaciones diligenciado por el registro mercantil.
4º. Acuerdo del órgano competente de la entidad solicitante aprobando la participación en la convocatoria
de la ayuda regulada en la presente orden.
5º Certificado de la persona que ostente la secretaría de la sociedad en el que se haga constar que los
documentos aportados para la acreditación de la personalidad se encuentran vigentes.
6º Inscripción en el registro de actividades económicas (CNAE).
7º Inscripción en Registro de Industrias Agroalimentarias en el grupo de extractoras de aceite de oliva
de las empresas participantes o estudio de la actividad de la sociedad, según el caso.
8º En caso de empresas o sociedades de nueva creación, Declaración de Impuestos de Sociedades de las
entidades del sector productor generadoras del alperujo participantes en su capital social.
2. Documentación acreditativa de la representación, en su caso:
a) Documentación acreditativa de la representación legal, mediante cualquier medio válido en Derecho que
deje constancia fidedigna de su existencia.
b) Documento Nacional de Identidad o equivalente (DNI o NIE) de la persona representante legal, cuando no
se preste el consentimiento expreso en el apartado 4 del formulario de alegaciones que figura como Anexo
II de la convocatoria, para la consulta de sus datos a través del Sistema de Verificación de Identidad.
c) Certificado de la persona que ostente la secretaría de la sociedad en el que se haga constar que los
documentos aportados para la acreditación de la representación se encuentran vigentes.
d) Acta del nombramiento del Secretario/a de la entidad solicitante.
3. Documentación acreditativa relativa al proyecto para el que se solicita la subvención:
a) Proyecto de la inversión solicitada, realizado por técnico especialista competente colegiado y visado
por el colegio correspondiente, en los casos en los que el visado sea preceptivo, de acuerdo con el Real
Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, visado colegial obligatorio. El proyecto deberá ser coherente con el
Anexo V adjunto a la convocatoria : “Memoria descriptiva del proyecto de inversión”, y servirá como
acreditación de la viabilidad técnica de la inversión.
b) Anexo V adjunto a la convocatoria: “Memoria descriptiva del proyecto de inversión”.
c) Para cualquier importe del gasto subvencionable de ejecución de obra o de suministro de bienes de
equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría, el beneficiario deberá aportar mínimo tres
ofertas de distintos proveedores, debiendo ser independientes las ofertas y los ofertantes, entre sí y con
el beneficiario. Las ofertas deberán estar fechadas y firmadas o selladas por la empresa proveedora y los
productos y/o servicios ofertados en ellas deben ser homologables en características, capacidades y
funcionalidades, independientemente de que el fabricante o el modelo no sea el mismo en las tres ofertas.
Asimismo, debe constar en ellas el desglose de precios de cada una de las partidas o unidades que
compongan el producto y/o servicio ofertado. En los presupuestos de ejecución de obras, las ofertas se
realizarán sobre las mediciones del proyecto presentado junto a la solicitud de subvención.
Las ofertas deberán ser solicitadas a los proveedores de forma verificable, por lo que en cualquier
momento podrán requerirse a la entidad solicitante o beneficiaria las pruebas documentales de las fechas
en las que se solicitaron y recibieron dichas ofertas. La elección entre las ofertas presentadas se
realizará conforme a los criterios de eficiencia y economía.
Cuando la elección no recaiga en la propuesta más ventajosa económicamente se deberá justificar
expresamente en una memoria. Un Comité de Evaluación podrá analizar la oferta seleccionada si se
apreciaran indicios de que no se corresponde con un valor real de mercado.
Cuando no sea posible aportar tres ofertas por inexistencia en el mercado de proveedores suficientes u
otros motivos, estos hechos deberán quedar suficientemente justificados ante el órgano instructor, el
cual, a través del Comité de Evaluación, evaluará el coste solicitado conforme al precio normal de mercado
y emitirá el correspondiente Informe de Moderación de Costes.
d) Estudio que acredite la viabilidad económica de la inversión mediante informe elaborado y suscrito por
titulado competente independiente del solicitante.

f) Acreditación del inicio de los trámites para el cumplimiento de los requisitos ambientales a que
estuviera sometida la actividad de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, mediante la
presentación de la correspondiente solicitud sobre el trámite ambiental aplicable.
4. Certificado bancario de la cuenta donde se realizará la transferencia, en caso de resultar beneficiario

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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e) Documentos acreditativos de la disponibilidad del terreno, o contrato de arrendamiento liquidado de
impuestos, con un mínimo de cinco años a partir de la fecha prevista de la finalización del proyecto de
inversión.