Disposiciones generales. . (2024/81-5)
Orden de 15 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la implantación de infraestructuras bioindustriales sostenibles de tratamiento y valorización del alperujo en la provincia de Jaén, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 4, Submedida 4.2, Operación 4.2.2), en el ámbito de la Inversión Territorial Integrada de la provincia de Jaén.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024

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A estos efectos se considera joven aquél que a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes no tenga más de 40 años.
La fecha en la que deben cumplirse los criterios de valoración será la de presentación de la solicitud
de ayuda y hasta la solicitud de pago.
La puntuación máxima de la solicitud de ayuda es de 85 puntos.
La puntuación mínima para recibir la ayuda es 30 puntos.

12.b) Priorización en caso de empate:

En caso de empate se priorizarán aquellas solicitudes que hayan obtenido más puntos por el criterio
A), en caso de persistir el empate, se seleccionarán aquellas solicitudes con mayor puntuación en el
criterio B), después por el criterio C), después por el criterio D), después por el criterio E) y
por último por el criterio F). En caso de persistir el empate, se atenderán a las solicitudes más
económicas.

13.- Órganos competentes (Artículo 15):

Órgano/s instructor/es: Servicio de Gestión de Ayudas Sectoriales Agroalimentarias
Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentación presentada.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Órgano/s competente/es para resolver: La Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agr , que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
de
La persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
Por delegación de:
Órgano/s colegiado/s:
Denominación: Comisión de valoración
Además de la evaluación de las solicitudes, le corresponde las siguientes funciones:
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentación presentada.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Composición:
Presidencia:
La persona titular del Servicio de Gestión de Ayudas Sectoriales Agroalimentarias, de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural o persona en quien delegue.

Vocalías:

La Persona titular del Departamento de Fomento de Programas Sectoriales del Servicio de Gestión de
Ayudas Sectoriales Agroalimentarias,de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena
Agroalimentaria, y una persona funcionaria adscrita a la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria,designada por la Persona titular del Servicio de Gestión de
Ayudas Sectoriales Agroalimentarias.

Secretaría:

La persona funcionaria adscrita a la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena
Agrolimentaria, designada por la Persona titular del Servicio de Gestión de Ayudas Sectoriales
Agroalimentarias, que contará con voz pero sin voto.

Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :

La persona titular de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria.

Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:

El Servicio de Gestión de Ayudas Sectoriales Agroalimentarias para la gestión de estas ayudas contará
con el apoyo del Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Territorial
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en la provincia de Jaén, así como para
los controles administrativos de las solicitudes de pago hasta la finalización de los expedientes y la
realización de los controles sobre el terreno establecidos en el artículo 49 del Reglamento de ejecución
(UE) nº 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014.

14.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrán conocer el estado de
tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25435.html

15.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:
Las entidades beneficiarias provisional y las suplentes, para el cumplimiento de los requisitos y de los
criterios de valoración, deberán presentar, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día
siguiente al de publicación de la propuesta provisional de resolución, la siguiente documentación

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300691

15.- Documentación (Artículo 17):