Autoridades y personal. . (2024/79-10)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de promoción interna para ingreso en diferentes cuerpos de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2022 y 2023.
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Número 79 - Miércoles, 24 de abril de 2024

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electrónica antes referida, las personas solicitantes deberán aportar la documentación
acreditativa junto con la solicitud de participación.
El pago de la tasa indicada se realizará conjuntamente con la presentación electrónica
de la solicitud, detrayéndose automáticamente del importe a pagar la bonificación del 10%
sobre la cuota a ingresar, con un límite mínimo de bonificación de 3 euros, de conformidad
con la normativa vigente. Conforme dispone el artículo 255 de la citada Ley 10/2021,
de 28 de diciembre, «La tasa se devengará cuando se presente la solicitud de inscripción
en las pruebas, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente».
La acreditación del pago de la tasa se realizará cumplimentando, en el espacio
reservado a este fin en el modelo de solicitud contenido en el Anexo III, el código numérico
identificativo del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte
superior del código de barras de cada ejemplar e incorporándolo junto a dicha solicitud.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación de acuerdo con lo dispuesto en la presente convocatoria, de modo que al
finalizar el proceso de presentación electrónica es imprescindible disponer del justificante
de presentación de solicitud (Anexo III) al que se refiere el apartado 7 de esta base
y, salvo que concurra causa de exención del pago, del justificante de pago de la tasa
(impreso 046).
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento
del mismo determinará la exclusión de la persona aspirante. No obstante, en el periodo
de alegaciones, aquellas personas aspirantes que resulten provisionalmente excluidas
por la causa «No acredita exención abono tasa», podrán subsanar en el plazo y en la
forma establecidas en el apartado 2 de la base quinta, bien aportando el documento
acreditativo de la exención, bien abonando el importe de la tasa.
Procederá, previa solicitud de la persona interesada, la devolución de la tasa que se
hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud)
o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La exclusión
definitiva del proceso selectivo o la no presentación a la realización de alguno de los
ejercicios en que consiste la oposición no darán lugar a la devolución de los derechos de
examen.
6. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA e irán dirigidas a la
persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.
7. La presentación se realizará exclusivamente de forma electrónica, accediendo
a la web del empleado público de Andalucía o, de forma directa, en la dirección web
https://lajunta.es/promocionsolicitudes, en la que se elaborará y presentará la solicitud de
la siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario (Anexo III)
en el tiempo y en la forma descrita anteriormente supondrá la inadmisión de la persona
aspirante.
No deberá presentarse en ningún caso la solicitud cumplimentada manualmente,
siendo exclusivamente válida la tramitada a través de la web del empleado público de
Andalucía o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/promocionsolicitudes.
Las personas aspirantes quedarán vinculadas por los datos expresados en el
formulario de participación, sin que puedan efectuar modificación alguna en el mismo una
vez finalizado el plazo de participación recogido en el apartado 6 de la presente base, sin
perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo dentro de plazo, en cuyo caso el primero
quedará sin efecto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía