Disposiciones generales. . (2024/78-7)
Orden de 10 de abril de 2024, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 78 - Martes, 23 de abril de 2024

página 43443/3

RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan las ayudas a los proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo
Local Participativo (en adelante, EDLP) de los Grupos de Acción Local del Sector
Pesquero y Acuícola Andaluz (en adelante, GALPA), al amparo de la Orden de 13 de
marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las
ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los
Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de
ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
2. La información asociada al procedimiento de concesión de la ayuda regulada en la
presente orden se reproduce a continuación:
LÍNEA DE AYUDA

CÓDIGO
DE
PROCEDIMIENTO

Ayudas a los proyectos acogidos
a las Estrategias de Desarrollo
Local Participativo de los Grupos
de Acción Local del Sector
Pesquero y Acuícola Andaluz

25430

ENLACE DEL CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS
DE LA SEDE ELECTRÓNICA GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/
detalle/25430.html

Tercero. Financiación, intensidad de la ayuda y régimen aplicable.
1. La cuantía de la subvención será el resultado de aplicar un porcentaje máximo de
intensidad de la ayuda al gasto subvencionable total de la operación.
2. Con carácter general, la intensidad máxima de la ayuda será del 50% del gasto
subvencionable total de la operación. No obstante, dicha intensidad podrá variar en
función de la categoría de la operación subvencionable de acuerdo con los siguientes
porcentajes específicos:
a) El porcentaje máximo de intensidad de la ayuda podrá alcanzar el 100%, en el
caso de operaciones relacionadas con la pesca costera artesanal.
b) El porcentaje máximo de intensidad de la ayuda podrá alcanzar el 100%, en el
caso de operaciones que cumplan, al menos, uno de los siguientes criterios:
1.º Ser de interés colectivo.
2.º Tener un beneficiario colectivo.
3.º Presentar características innovadoras, en su caso, a nivel local, y garantizar el
acceso público a sus resultados.
Para la aplicación de este porcentaje máximo de intensidad se deberá aportar por la
persona o entidad solicitante de las ayudas junto con la solicitud una memoria que justifique
la aplicación del requisito o de los requisitos a los que la operación subvencionable
contribuye para la poder alcanzar el 100% de intensidad de la ayuda.
3. Al amparo de las ayudas a proyectos acogidos a las EDLP podrán ser
subvencionables operaciones financiadas por otros objetivos específicos del Programa
para España del FEMPA, a excepción de aquellas de carácter compensatorio, siempre
que estén incluidas en las EDLP y se justifique claramente su gestión e impacto a escala
local. Cuando se concedan ayudas para este tipo de operaciones se aplicarán los mismos
criterios de admisibilidad y las mismas condiciones de elegibilidad y de intensidad de
las ayudas establecidas para esos proyectos por el Reglamento (UE) 2021/1139 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021 y el Programa para España del
FEMPA.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300393

Segundo. Personas y entidades solicitantes y beneficiarias de las ayudas.
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas a los proyectos acogidos a las
EDLP de los GALPA las personas o entidades que reúnan los requisitos establecidos en
el artículo 3 de la Orden de 13 de marzo de 2024.