Disposiciones generales. . (2024/78-9)
Decreto 94/2024, de 16 de abril, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, el yacimiento denominado Cerro Macareno, en el término municipal de La Rinconada (Sevilla).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Martes, 23 de abril de 2024

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Otros aspectos que explicarían la elección del lugar donde establecer la población
protohistórica y su abandono están pendientes de comprobarse desde estudios
geoarqueológicos. Estos deberán concretar tanto el trazado y la evolución del meandro
del río Guadalquivir que corría junto al asentamiento como su conexión con el arroyo
Almonázar. Dichos estudios podrán confirmar el carácter portuario y la actividad comercial
que se le atribuye al Cerro Macareno.
Un último aspecto que se ha tenido en cuenta a la hora de definir el ámbito espacial
del entorno ha sido el de las relaciones que se establecen entre el yacimiento y San José
de la Rinconada. El enclave arqueológico se localiza en terrenos de la Hacienda Los
Solares. Los dos montículos se han aprovechado en fechas recientes para la apicultura,
mientras que el resto del área delimitada del yacimiento se dedica a distintos cultivos de
regadío. Este mismo uso agrícola tienen en la actualidad algunos terrenos colindantes,
pero la proximidad del Bien a zonas plenamente urbanas se presenta como un factor que
puede suponer la alteración de las condiciones de apreciación, contemplación y estudio
del yacimiento. Esto sucede en el caso del polígono El Malecón, un espacio industrial
que el planeamiento urbanístico vigente prevé ampliar hacia el oeste. Asimismo, el Cerro
Macareno se encuentra en un área de borde urbano, que constituye parte del límite sur
de la población de San José de la Rinconada. Por esta zona pasa una ronda que marca
el carácter de límite del lugar. Al sur de esta vía se encuentran terrenos que en un futuro
podrían integrarse en las zonas de espacios libres y áreas verdes de La Rinconada.
El entorno delimitado afecta a parcelas rústicas, un tramo del arroyo Almonázar y
un área con material arqueológico en superficie incorporado al planeamiento urbanístico
vigente con la denominación Cerro Macareno II.
El entorno propuesto tiene los siguientes límites:
- Al norte, la ronda sur de San José y una zona verde entre la Avenida de la II
República y las traseras del polígono El Malecón. Esta parte externa es un borde urbano
que marca el contacto entre esta población y el área rústica.
El sector norte del entorno lo conforman parcelas hoy día destinadas en su mayor
parte a la agricultura. En esta zona protegida también se incluye un tramo del arroyo
Almonázar con abundante vegetación de ribera. El ámbito norte se presenta como
una zona llana con buena visión del yacimiento en su flanco oriental y menor, aunque
divisable, en el occidental.
- Al este, el límite del entorno alcanza hasta las traseras de las naves industriales del
polígono El Malecón y hasta el sector de la carretera A-8004 (San José-Brenes) que se
desarrolla entre el final del polígono y el carril de entrada a la Hacienda Los Solares. Esta
zona ofrece en su sector sur un buen campo visual para la apreciación del Bien, por ser
un área de vega dedicada a cultivos de regadío.
- Al sur, el entorno alcanza, por el este, hasta el caserío de la Hacienda Los Solares,
dejándolo fuera. Por el oeste, hasta la carretera A-8004. Esta zona meridional tiene
una visibilidad óptima del yacimiento al tratarse de terrenos llanos y sin construcciones.
Únicamente hay una balsa de riego que reduce en parte el amplio campo visual del sector.
- Por el oeste, la delimitación del entorno alcanza hasta la carretera A-8009, continúa
por la citada carretera hasta su confluencia con el Arroyo Almonázar y sube por su
margen derecha hasta llegar a la ronda sur de San José. Como en otras zonas, este
sector occidental del entorno también está formado por tierras dedicadas a la agricultura.
Incluye además el citado tramo del arroyo Almonázar.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00300408

Las parcelas afectadas son las siguientes:
Polígono 20, parcela 09003, afección total.
Polígono 20, parcela 09016, afección total.
Polígono 20, parcela 00025, afección total.
Polígono 20, parcela 09023, afección total.
Polígono 20, parcela 00001, afección total.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja