5. Anuncios. . (2024/78-106)
Anuncio de 12 de abril de 2024, del Ayuntamiento de Almuñécar, referente a la convocatoria para proveer una plaza de Subinspector/a Policía Local. (PP. 8400/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Martes, 23 de abril de 2024

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Tercera. Solicitudes.
3.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación
en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas
selectivas cursarán, conforme al modelo publicado en la página Sede Electrónica
del Ayuntamiento (www.almunecar.es), su solicitud dirigida al titular de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Almuñécar, manifestando que reúnen todos y cada uno
de los requisitos exigidos, y acompañada de copia de la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad.
- Titulación académica exigida o equivalente. Los aspirantes que aleguen estudios
equivalentes a los específicamente señalados en las bases habrán de citar la disposición
legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano
competente en tal sentido. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá
presentar la titulación y el documento acreditativo de la homologación oficial del mismo y,
en su caso, traducción jurada.
- Justificante del pago de los derechos para optar a la convocatoria, abonado
conforme a la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de acceso al empleo público del
Ayuntamiento de Almuñécar (BOP Granada núm. 52, de 17.3.2011).
Epígrafe 1. Tarifa general A2: 58,79 €.
Epígrafe 5. Tarifa Aspirantes que acrediten estar en situación de desempleo por un
periodo igual o superior a 3 meses: 29,39 €.
Epígrafe 4. Tarifa Discapacitados: 0,00 €.
Las presentes tarifas se incrementarán en 51,44 EUR por la realización de pruebas
selectivas que conllevan reconocimiento médico y/o valoración psicotécnica.
El modelo de autoliquidación se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento
y el ingreso se realizará en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras.
Los/as aspirantes, dentro del plazo que se establezca para la presentación de las
solicitudes, deberán justificar las causas de exención o reducción de la tasa por derechos
de examen si incurriera en alguno de los supuestos previstos en la Ordenanza reguladora
de la misma.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen en plazo y forma será
motivo de exclusión insubsanable.
3.3. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o
conforme a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.4. Los/as aspirantes, con la indicada solicitud, presentaran la documentación en
castellano que acredite los méritos a valorar, según se describe en la base sexta, no
admitiéndose la representación ni valoración de méritos referidos a fecha posterior a
la de expiración de presentaciones de solicitudes o acreditados con posterioridad a la
finalización del plazo de presentación de instancias.
3.5. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado
para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los
documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido
de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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de funciones públicas. No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de
acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
h) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado
anterior. Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso
de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía
de las Corporaciones Locales, salvo el de estatura, que lo será en la prueba de examen
médico.