5. Anuncios. . (2024/78-106)
Anuncio de 12 de abril de 2024, del Ayuntamiento de Almuñécar, referente a la convocatoria para proveer una plaza de Subinspector/a Policía Local. (PP. 8400/2024).
19 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Martes, 23 de abril de 2024

página 43251/2

Segunda. Requisitos de los aspirantes.
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que
termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán
exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera
de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
e) Estar en posesión de titulación universitaria de Grado, Diplomatura Universitaria,
Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica u otro título equivalente.
f) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de
la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300199

Número: F205, OPE 2023.
Plazas turno libre: 1
Sistema selectivo: Concurso-oposición.
Titulación: Titulación universitaria de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería
Técnica, Arquitectura Técnica u otro título equivalente.
Tasas derechos examen: A2.
1.2. La plaza citada, adscrita a la Escala Ejecutiva conforme determina el art. 18 de la
Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía,
se encuadra, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo A, Subgrupo
A2, dotada con las retribuciones correspondientes, y resultantes de la Oferta de Empleo
Público del año 2023.
1.3. Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de
diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de
ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de
la Policía Local, Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto
201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los
funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por
la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el
ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de
la Policía Local, Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22
de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y
el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas
categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y en lo no previsto en la citada legislación,
les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen
Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba
el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y
promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de
Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y
de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración general del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.