Disposiciones generales. . (2024/77-4)
Orden de 15 de abril de 2024, por la que se modifica la Orden de 24 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a organizaciones y entidades representativas de los sectores agrario, pesquero y de desarrollo rural en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 22 de abril de 2024

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Órgano/s colegiado/s:
[ x ] No
[ ] Sí
Denominación:
Funciones:
[ ] Análisis de las solicitudes.
[ ] Propuesta provisional de resolución.
[ ] Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
[ ] Propuesta definitiva de resolución.
[ ] Otras funciones:
Composición:
Presidencia:
Vocalías:
Secretaría:
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas
por:
[ X ] Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:
En relación con las subvenciones concedidas a Entidades representativas de Asociaciones
de Desarrollo Rural y a Asociaciones Empresariales Agroalimentarias:
- La resolución definitiva estará condicionada al informe favorable del Órgano
Directivo con competencias en la gestión de la agroindustria y el desarrollo rural Leader.
- Las actividades/actuaciones subvencionables de las letras b), c) y d) del apartado
5.b) 1, requerirán el visto bueno del Órgano Directivo competente en materia de desarrollo
rural Leader, con una antelación mínima de 15 días a la celebración de la actuación/
acción o evento.»
Siete. Se modifica el apartado 14.a) en los siguientes términos:
«14.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo I:
a) Copia auténtica de los Estatutos de la entidad, así como la documentación
acreditativa de la representación que ostenta la persona que suscribe la solicitud.
Ocho. El apartado 25.c) queda redactado del siguiente modo:
«25.c) Documentos justificativos del gasto:
[ x ] Originales. Se marcarán con una estampilla:
[ ] Sí
[ x ] No
[ ] Fotocopias compulsadas.»

Dos. Se introducen las siguientes modificaciones en el Cuadro Resumen de las
subvenciones a organizaciones y entidades representativas del sector pesquero andaluz
de la Orden de 24 de febrero de 2022.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300394

Nueve. El apartado 25.d) queda redactado como sigue:
«25.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el
procedimiento de justificación:
[ ] No
[ x ] Sí. Medios: A través de la Sede Electrónica General de la Administración de
la Junta de Andalucía. De conformidad con el artículo 124.5 del Texto Refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, se podrán presentar
tanto copias auténticas como copias digitalizadas por los propios interesados de los
justificantes del gasto y de los documentos acreditativos del pago.»