Disposiciones generales. . (2024/77-4)
Orden de 15 de abril de 2024, por la que se modifica la Orden de 24 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a organizaciones y entidades representativas de los sectores agrario, pesquero y de desarrollo rural en Andalucía.
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Número 77 - Lunes, 22 de abril de 2024

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Uno. Se modifica el apartado 4.a) en los siguientes términos:
«4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que
deben reunir:
4.a) 1.º Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las
siguientes personas o entidades:
Las Asociaciones de ámbito regional y Federaciones vinculadas al sector pesquero y
marisquero andaluz.
a) Corporaciones de derecho público representativas del sector pesquero extractivo.
b) Entidades asociativas representativas del sector pesquero extractivo. Subsector de
productos pesqueros frescos.
c) Entidades asociativas representativas del sector pesquero extractivo. Subsector de
productos pesqueros congelados.
d) Entidades asociativas representativas del sector marisquero.
e) Entidades asociativas representativas del sector productor de acuicultura marina.
f) Entidades asociativas constituidas por mujeres que trabajen en el sector pesquero y
acuícola.
4.a) 2.º Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
a) Las Corporaciones de derecho público representativas del sector pesquero extractivo:
- Estar legalmente constituidas.
- Que su ámbito de actuación sea el de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Estar integradas en organizaciones reconocidas a nivel del Estado y ser miembros de
pleno derecho en sus órganos de gestión.
- Contar con una representatividad suficiente conforme a lo dispuesto en el apartado
4.a) 3.º del presente Cuadro Resumen.
b) Las Entidades asociativas representativas del sector pesquero extractivo. Subsector
de productos pesqueros frescos:
- Estar legalmente constituidas.
- Contar con un mínimo de tres organizaciones asociadas, de forma que se garantice la
implantación territorial efectiva en al menos tres de las provincias relevantes para el sector
pesquero andaluz: Huelva, Cádiz, Málaga, Granada y Almería.
- Estar integradas en organizaciones reconocidas a nivel del Estado y ser miembros de
pleno derecho en sus órganos de gestión.
- Tener una implantación en Andalucía actual y continuada durante, al menos, los últimos
cuatro años, exceptos aquellas de reciente constitución.
- Contar con una representatividad suficiente conforme a lo dispuesto en el apartado
4.a) 3.º del presente Cuadro Resumen.
c) Las Entidades asociativas representativas del sector pesquero extractivo. Subsector
de productos pesqueros congelados:
- Estar legalmente constituidas.
- Que en su ámbito de actuación esté incluida la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Contar con más de tres empresas asociadas que dispongan de buques congeladores
con puerto base en Andalucía.
- Estar integradas en organizaciones reconocidas a nivel del Estado y ser miembros de
pleno derecho en sus órganos de gestión.
- Tener una implantación en Andalucía actual y continuada durante, al menos, los últimos
cuatro años.
- Contar con una representatividad suficiente conforme a lo dispuesto en el apartado
4.a) 3.º del presente Cuadro Resumen.
d) Las Entidades asociativas representativas del sector marisquero:
- Estar legalmente constituidas.
- Que su ámbito de actuación forme parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Contar con un mínimo de cuatro organizaciones asociadas, cuyos socios estén
dados de alta en el Censo de Licencias de Marisqueo a pie de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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