Autoridades y personal. . (2024/73-30)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se efectúa convocatoria para la provisión de plazas vacantes de directores y directoras en Centros del Profesorado dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 16 de abril de 2024

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b) Ítems de la valoración de la defensa del proyecto de dirección (artículo 6.2.b) de la
Orden de 20 de abril de 2015, máximo 25 puntos).
1. Claridad en la expresión y dominio de las estrategias de comunicación (artículo
6.2.b) 1.º, máximo 7 puntos).
• Expone serena y claramente el proyecto utilizando un lenguaje fluido y ordenado
(máximo 3 puntos).
• Sabe mantener, durante su exposición, la atención de los miembros de la comisión
(máximo 2 puntos).
• Demuestra poseer dotes de liderazgo (máximo 2 puntos).
2. Capacidad de argumentación y fundamentación de las ideas (artículo 6.2.b) 2.º,
máximo 7 puntos).
• Demuestra conocimiento de los modelos de formación (máximo 1,5 puntos).
• Enmarca su proyecto dentro de las líneas del III Plan Andaluz de Formación
Permanente del Profesorado (máximo 2 puntos).
• Demuestra que conoce todo lo que expone en su proyecto (máximo 2 puntos).
• Argumenta el proyecto contextualizándolo (máximo 1,5 puntos)
3. Capacidad para debatir y, en su caso, asumir o integrar otras opiniones o ideas
(artículo 6.2.b) 3.º, máximo 7 puntos).
• Defiende con firmeza y asertividad el proyecto (máximo 2 puntos).
• Responde con argumentos precisos y concisos a las preguntas que se le realizan
(máximo 2 puntos).
• Plantea supuestos coherentes y bien estructurados (máximo 1 punto).
• Demuestra capacidad de resolución ante las posibles situaciones que se le plantean
(máximo 2 puntos).
4. Capacidad para aplicar medios tecnológicos u otros recursos a la defensa del
proyecto de forma innovadora y creativa (artículo 6.2.b) 4.º, máximo 4 puntos).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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• Propuestas de coordinación con otros servicios e instituciones (máximo 1 punto).
3. Viabilidad y adecuación del proyecto de dirección al contexto en el que se pretende
desarrollar, a las líneas estratégicas establecidas por la Consejería competente en
materia de educación y al modelo de dirección y de Centro del Profesorado propuesto
(artículo 6.2.a) 3.º, máximo 10 puntos).
• Justificación de las necesidades detectadas y de las actuaciones realizadas para
el diagnóstico de la zona de actuación. Definición de referentes, criterios, e indicadores,
procedimientos para la recogida de datos y análisis de la información (máximo 2 puntos).
• Establecimiento de criterios para definir y dar prioridad a objetivos a medio y corto
plazo según las necesidades de formación de los centros de la zona (máximo 2 puntos).
• Estrategias de asesoramiento para la formación a los centros atendiendo al desarrollo
de las líneas estratégicas establecidas por la Consejería, valorando la presencia de la
competencia digital docente (máximo 2 puntos).
• Mecanismos de coordinación e integración en los proyectos de formación del centro
del profesorado de los planes de formación de los centros educativos (máximo 2 puntos).
• Exposición de estrategias para la participación, dinamización, apoyo y asesoramiento
a centros, zonas, y colectivos profesionales, así como adecuación de las actuaciones a
las modalidades de formación más pertinentes (máximo 2 puntos).
4. Originalidad y carácter innovador (artículo 6.2.a) 4.º, máximo 5 puntos).
• Medidas y estrategias para potenciar la coordinación y el trabajo del equipo técnico
de formación y los centros educativos (máximo 2 puntos).
• Estrategias para dinamizar actuaciones que impulsen la innovación y el desarrollo
de las competencias profesionales docentes (máximo 2 puntos).
• Carácter innovador de las medidas para incorporar las TIC en los procesos de
formación del profesorado y en la práctica docente (máximo 1 punto).