3. Otras disposiciones. . (2024/72-38)
Resolución de 10 de abril de 2024, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se publica el Reglamento del Instituto Mixto de la Universidad de Granada y el Centro Andaluz de Medicina del Deporte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.
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Número 72 - Lunes, 15 de abril de 2024

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Artículo 9. La Comisión Rectora.
La Comisión Rectora es el órgano de dirección superior del iMUDS y tiene
competencias sobre todas aquellas cuestiones e incidencias que afecten a la definición de
las líneas de investigación, composición, estructura y buen funcionamiento del Instituto.
1. Composición:
La composición será paritaria y estará constituida por tres representantes de la
Universidad y tres de la Consejería:
a) Por parte de la Universidad, los tres miembros de la Comisión Rectora
representantes de la UGR serán designados por el Rector de la misma, entre los que se
incluirá la persona titular del Vicerrectorado que ostente las competencias de Institutos de
Investigación.
b) Por parte de la Consejería competente en materia de deporte, los miembros de
la Comisión Rectora representantes del CAMD serán funcionarios de la Consejería
competente en deporte designados por la persona titular del Órgano Directivo de la
Consejería al que se asigne la competencia sobre el iMUDS:
- La persona titular del Órgano Directivo de la Consejería al que se asigne la
competencia sobre el iMUDS o aquella en quien delegue.
- La persona titular de la Dirección del Centro Andaluz de Medicina del Deporte o
quien ejerza las funciones de coordinación del centro o aquella en quien expresamente
se delegue.
- Un funcionario de la Consejería competente en materia deportiva designado al
efecto, con categoría, al menos, de Jefe de Servicio.
Los miembros de la Comisión Rectora no podrán tener la condición de personal
adscrito al Instituto.
El Director, Subdirector y Secretario del Instituto asistirán a las reuniones con voz y
sin voto. Desempeñará la secretaría de este órgano colegiado el Secretario del Instituto,
quien elaborará las actas y la certificación de los acuerdos adoptados por la Comisión
Rectora, que serán comunicados a las partes tras la celebración de cada reunión.
2. Funciones:
a) La superior de gobierno del iMUDS.
b) Aprobar el Plan Estratégico cuatrienal del iMUDS.
c) Informar y elevar a los órganos competentes de las partes las propuestas que
requieran su aprobación.
d) Aprobar el proyecto de presupuesto del Instituto elaborado como anteproyecto por
el Consejo de Instituto.
e) Informar la adscripción de nuevo personal investigador al iMUDS, según lo previsto
en la Cláusula Sexta del Convenio.
f) Establecer los requisitos y condiciones para la adscripción del personal investigador.
g) Aprobar la memoria anual de actividades del iMUDS.
h) Establecer el procedimiento para la reversión de los costes indirectos asociados a
la realización de actividades de I+D+i del iMUDS.
i) Determinar la proporción en que deban contribuir al pago de los gastos de
funcionamiento del Instituto los posibles retornos de venta de derechos de explotación
sobre patentes y servicios generados por el mismo.
j) Aprobar las propuestas de creación, supresión o cambio de denominación de las
unidades temáticas de investigación que le someta el Consejo de Instituto y la Comisión
de Gobierno, dando conocimiento de ello a las partes.
k) Proponer al Rector o Rectora y a la Consejería la persona que ocupe la Dirección
y Subdirección.
l) Proponer el Reglamento de Régimen Interno y las modificaciones que con
posterioridad pueda realizar el Consejo de Instituto para su aprobación por el Consejo de
Gobierno de la UGR y por la CECD.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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