3. Otras disposiciones. . (2024/72-38)
Resolución de 10 de abril de 2024, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se publica el Reglamento del Instituto Mixto de la Universidad de Granada y el Centro Andaluz de Medicina del Deporte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.
13 páginas totales
Página
Número 72 - Lunes, 15 de abril de 2024

página 43040/4

de su actividad investigadora, se deberán acreditar méritos investigadores equivalentes a
los exigidos por la CNEAI para la obtención de dos sexenios en su ámbito de conocimiento
ante el Vicerrectorado competente en Investigación, que elaborará un informe para que,
en su caso, estos investigadores puedan ser contabilizados en este 75%. Los profesores
doctores con vinculación permanente que, aún teniendo más de dos sexenios CNEAI, no
tengan el último en vigor podrán ser contabilizados en el 75% de los miembros con más
de dos sexenios de forma temporal durante un periodo máximo de siete años, al final del
cual deberán haber obtenido una nueva evaluación positiva de su actividad investigadora,
a excepción de aquellos que ya cuenten con cinco o más sexenios CNEAI.
Del Instituto deberán formar parte profesores doctores con vinculación permanente
de, al menos, cuatro ámbitos de conocimiento diferentes.
Podrán ser miembros del iMUDS:
a) Personal docente e investigador doctor con vinculación permanente a UGR.
b) Personal docente e investigador doctor con vinculación temporal a la UGR.
c) Personal docente e investigador no doctor y personal investigador en formación,
previa solicitud de su tutor, que deberá ser miembro del Instituto.
d) Personal investigador contratado con cargo a programas, contratos o proyectos
desarrollados por el Instituto.
e) Personal técnico, de gestión y de administración y servicios.
f) Miembros honorarios nombrados por el Consejo de Gobierno, a propuesta del
Consejo del Instituto, de entre aquellas personalidades de reconocido prestigio en el
ámbito del Instituto.
El Consejo de Gobierno de la UGR procederá a su adscripción al Instituto previo
informe favorable del Consejo de Departamento o, en su caso, del Consejo de Instituto,
de acuerdo con lo recogido en los Estatutos de la Universidad. El personal con vinculación
temporal a la UGR de los apartados b-d, estarán adscritos al Instituto de forma temporal
mientras ésta se mantenga.
La transformación de miembros adscritos temporalmente al Instituto de los apartados
b), c), d), en miembros del Instituto con vinculación permanente a la Universidad del
apartado a, requerirá la aprobación por el Consejo de Gobierno de la UGR previo informe
favorable del Consejo de Departamento y del Consejo de Instituto.
Excepcionalmente, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, podrá
autorizar la adscripción de un miembro del iMUDS a otro Instituto Universitario propio
de la UGR, a petición de los institutos involucrados, cuando concurran circunstancias
estratégicas bien justificadas.
4.B. Personal del CAMD.
En el marco de las funciones de investigación que corresponden al Centro Andaluz
de Medicina del Deporte, el personal del mismo que así se determine participará en los
proyectos y actividades de investigación que desarrolle el iMUDS.
Dicha determinación se efectuará por la Dirección de CAMD atendiendo a criterios de
voluntariedad del personal afectado y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Contar con el título de Doctor y seis años de experiencia en puestos que conlleven
actividad asistencial.
b) Contar con titulación universitaria y con al menos nueve años de experiencia en
puestos que conlleven actividad asistencial.
Los miembros del Instituto que formen parte de órganos colegiados, tendrán el
derecho y el deber de asistir, con voz y voto a sus sesiones.
4.C. Otro personal.
Podrán ser miembros asociados del Instituto investigadores y personal de otros
centros públicos y/o privados. El Consejo de Instituto deberá establecer el tipo y duración
de la vinculación al Instituto de los miembros asociados, que no podrán ser miembros
del Consejo de Instituto. El Consejo de Gobierno de la UGR autorizará su incorporación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299992

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía