Disposiciones generales. . (2024/71-2)
Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

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Disposición final primera. Modificación de la Orden de 21 de octubre de 2019, por
la que se regula el procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación
y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas y se
convoca procedimiento de habilitación para determinadas submedidas del Programa de
Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
La Orden de 21 de octubre de 2019, por la que se regula el procedimiento para la
habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes
de todo tipo de subvenciones y ayudas y, se convoca procedimiento de habilitación para
determinadas submedidas del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020
queda redactada en los siguientes términos:
Uno. El apartado 2 del artículo 7 queda redactado de la siguiente manera:
«2. La vigencia de la habilitación concedida estará determinada por la subvención o
ayuda para la que se otorgue.»
Dos. El apartado 1.b) del artículo 4 queda redactado de la siguiente manera:
«b) Que tengan la solvencia técnica referida a los conocimientos profesionales del
personal que preste servicios en ella, titulación, formación, eficacia y experiencia para la
correcta ejecución de las funciones a desarrollar.»
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía y quedará condicionada a la aprobación definitiva de la
Versión 3 del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
Sevilla, 8 de abril de 2024
CARMEN CRESPO DÍAZ
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

A NE XO
BASES REGULADORAS APLICABLES A LAS INTERVENCIONES DE DESARROLLO
RURAL NO SIGC DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y
DESARROLLO RURAL, PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN
DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA POLÍTICA
AGRARIA COMÚN 2023-2027 (INTERVENCIONES 7202.02, 7202.05, 7202.06 Y 7202.07)

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1. Objeto de las subvenciones.
Constituye el objeto de las presentes bases reguladoras la determinación de
unas disposiciones comunes para la prestación de los servicios de Asesoramiento
relacionadas con determinadas Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política
Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) cuyas
respectivas finalidades serán establecidas en el apartado 1 del correspondiente cuadro
resumen.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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DISPOSICIONES GENERALES