Disposiciones generales. . (2024/71-2)
Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

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ii) Por medios electrónicos, en la dirección electrónica del canal de denuncias de la
Oficina: https://buzon.antifraudeandalucia.es siendo accesible igualmente, a través de los
enlaces habilitados en el portal web de la institución: www.antifraudeandalucia.es o, a
través de la dirección de correo electrónico: antifraudeandalucia@antifraudeandalucia.es
b) Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA), de la Intervención General
de la Administración del Estado, en cumplimiento de las recomendaciones de la Oficina
Nacional de Coordinación Antifraude del Ministerio de Hacienda y Función Pública
establecidas en su Comunicación 1/2017, de 6 de abril, que se encuentra accesible
en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por
medios electrónicos, a través del canal habilitado por dicho servicio en la siguiente
dirección electrónica: https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Paginas/
ComunicacionSNCA.aspx
c) De la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), conforme al Reglamento
(UE, Euratom) núm. 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre
de 2013, relativo a las investigaciones realizadas por la Oficina Europea de Lucha contra
el Fraude (OLAF) y demás normativa al respecto.
Es posible dirigirse a la OLAF por medio de los siguientes canales:
i) El enlace: https://fns.olaf.europa.eu/main_es.htm
ii) Por carta a: Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF),
Investigaciones y Operaciones B-1049 Bruselas, Bélgica.
iii) Correo electrónico: OLAF-COURRIER@ec.europa.eu
iv) Teléfono gratuito: +32-2-298.65.38
Asimismo, se tendrá en cuenta lo establecido en los planes antifraude establecidos o
que pudieran establecerse y que le resultara de aplicación.
2. Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica
9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12
de octubre de 2017, la Fiscalía Europea será competente para investigar y ejercer la
acusación en relación con las causas por los delitos tipificados en los preceptos previstos
en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Artículo 42. Protección de datos.
1. De acuerdo al artículo 99 del Reglamento 2021/2116 del Parlamento y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, se informará a las personas o entidades beneficiarias de la
publicación de datos que les conciernen de conformidad con el artículo 98 del citado
Reglamento y de que dichos datos podrán ser tratados por organismos de auditoría
e investigación de la Unión y de los Estados miembros para proteger los intereses
financieros de la Unión.
2. De conformidad con los requisitos de los Reglamentos (UE) 2016/679 y (UE)
2018/1725, cuando se trate de datos personales, se informará a las personas o entidades
beneficiarias de sus derechos en virtud de dicho Reglamento y de los procedimientos
aplicables para el ejercicio de tales derechos.
3. El tratamiento y protección de los datos personales se realizará de acuerdo al
artículo 101 del Reglamento 2021/2116 del Parlamento y del Consejo de 2 de diciembre
de 2021.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299907

Artículo 41. Publicación de datos.
De conformidad a lo establecido en el artículo 15.c) de la Ley 1/2014, de 24 de junio,
de Transparencia Pública de Andalucía, así como lo dispuesto en el artículo 98.4 del
Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de
2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común, la lista
de personas beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden se hará pública en el sitio
web único establecido por el Fondo Español de Garantía Agraria, a través del siguiente
enlace: https://www.fega.gob.es/es/datos-abiertos/consulta-de-beneficiarios-pac