5. Anuncios. . (2024/71-66)
Anuncio de 4 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de toma de conocimiento, de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de Córdoba, de la subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de El Viso y de su Normativa Urbanística.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

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El Plan pretende en estos suelos la protección, conservación y recuperación de su
patrimonio, así como su difusión y conocimiento.
2. Los elementos incluidos en este suelo quedan identificados y localizados en los
planos de ordenación O1 y O3 mediante iconos que distinguen los distintos tipos que se
relacionan a continuación:
a) Patrimonio hidrológico: fuentes, pilares y veneros. Se recogen las siguientes:
1. Fuente de la Cuesta del Jabalí.
2. La Fontanita.
3. Fuente de las Cadenas.
4. Fuente Medíes.
5. Fuente de la Cañada.
6. Fuente del Calvario.
De las cuales sólo las tres primeras pertenecen al Catálogo de Espacios y Bienes
Protegidos del Plan.
b) Patrimonio arquitectónico e ingenieril: Edificaciones y construcciones civiles de
interés no incluidos en otras categorías e incorporados al Catálogo de Espacios y Bienes
Protegidos del Plan:
7. Casa de las Bóvedas.
8. Casa del Madroñiz.
9. Cortijo el Pizarro.
10. Cortijo Montánchez.
11. Cortijo Robladillo.
12. Cortijo Dehesilla.
13. Antigua Estación de Belalcázar.
14. Puente sobre el río Zújar.
15. Puente sobre el río Guadarramilla.
16. Puente sobre el río Guadamatilla.
17. Monasterio de San Alberto.
Fuera del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Plan se encuentra:
18. Mina de las Monjas.
c) Patrimonio natural: Se recogen los elementos vegetales de interés situados fuera
del núcleo urbano.
19. Encina: Paraje La Dehesa.
20. Encina: Paraje La Dehesa.
21. Encina: Paraje La Dehesa.
3. El Plan establece el siguiente régimen de intervenciones autorizables en estos
elementos:
Patrimonio hidrológico, arquitectónico, ingenieril y natural:
El régimen de autorización de actuaciones es el que se recoge en la ficha
correspondiente del Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos del Plan. En otro caso, el
régimen de protección será el siguiente:
Patrimonio natural: Radio de protección de 15 metros alrededor de la encina.
Patrimonio hidrológico: Protección de la salida de agua, que deberá mantenerse.
Patrimonio arquitectónico o ingenieril: Se atenderá a las Normas Generales de Protección.
CAPÍTULO 5

Artículo 192. Suelo no urbanizable de carácter natural Dehesa.
1. Se integran en este tipo de suelo los terrenos ocupados por dehesas de encinar,
paisaje característico de Sierra Morena, emblemático de Los Pedroches, que ha sido
identificado por el POTA como paisaje agrario singular. Dentro de este ámbito se incorpora
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Normas particulares para los suelos no urbanizables de carácter natural o rural