3. Otras disposiciones. . (2024/70-58)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se publica el Plan de ordenación de los recursos humanos para el personal técnico, de gestión y de administración y servicios 2024-2026 de la Universidad de Granada.
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Número 70 - Jueves, 11 de abril de 2024

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▪ Potenciar los itinerarios de cursos abiertos como vehículo flexible y permanente de
formación y recualificación del personal.
3.4. Convocatoria de concursos de provisión de puestos limitados a personal de
ámbitos que se determinen.
▪ Durante el período de vigencia del presente Plan, se producirá la convocatoria de
concursos de provisión para los ámbitos de Administración, Bibliotecas, Informática
y Especialidades, limitados al PTGAS de la Universidad de Granada, entendiendo
como tal el personal funcionario de las escalas de la propia Universidad de Granada
y por personal laboral contratado por la Universidad, así como por personal
funcionario perteneciente a los cuerpos y escalas de otras Administraciones
Públicas que preste servicios en ella, según lo dispuesto en el artículo 149.2 de los
Estatutos.
▪ Estos concursos tendrán por objetivo la cobertura de aquellos puestos de la
Relación de Puestos de Trabajo que actualmente vienen siendo desempeñados por
sistemas de provisión temporales, así como aquellos otros puestos que no hayan
sido objeto de concurso, con carácter previo a la apertura del sistema al personal de
otras Universidades.
▪ Para los puestos que cumplan determinados requisitos, podrá no ser de aplicación la
obligación de permanencia de dos años prevista en el artículo 17.2 del Reglamento
del Personal de Administración y Servicios (aprobado por Resolución de 25 de julio
de 1997. https://canal.ugr.es/UGR2031/ BOJA núm. 116, de 4.10.1997).
3.5. Suspensión de incorporaciones de personal externo a través de procesos de
provisión definitivos por concurso de méritos.
Suspensión de incorporaciones de personal externo a través de procesos de
provisión definitivos por concurso de méritos conforme a lo dispuesto en el artículo 48.3
del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Andaluza de Universidades.
El artículo 92.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
establece que «la provisión de puestos de personal técnico, de gestión y de administración
y servicios en las universidades se realizará mediante el sistema de concurso y podrá
concurrir tanto su propio personal, como el personal de otras universidades».
No obstante, esta autorización general, en el ámbito de las Universidades Públicas
de Andalucía, queda condicionada en la Ley Andaluza de Universidades, al afirmar que
«la movilidad del personal de administración y servicios, prevista en el artículo 76.1 de
la Ley Orgánica de Universidades (ahora en idénticos términos el artículo 92.2 de la Ley
del Sistema Universitario), se efectuará de acuerdo con lo que cada Universidad autorice
a través de las respectivas relaciones de puestos de trabajo, u otros instrumentos
administrativos similares.
En este sentido, para hacer efectivo este derecho genérico de participación del
personal de otras universidades, es necesario establecer un régimen transitorio que
permita realizar las actuaciones internas que permitan el desarrollo de los concursos de
provisión.
Por tanto, durante la vigencia del presente Plan, la participación e incorporación
de personal externo quedará suspendida temporalmente en tanto que se realicen las
siguientes acciones:
▪ Creación de una comisión técnica para la revisión del EPF (Expediente Personal de
Formación) y su adaptación a las necesidades de los concursos del PTGAS tanto
interno como de otras Universidades.
▪ Creación de un cuadro de clasificación de la formación del PTGAS, que de cabida a
la posible formación aportada por el personal de otras universidades.
▪ Modificación de la regulación del EPF.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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