3. Otras disposiciones. . (2024/69-22)
Resolución de 25 de marzo de 2024, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se determina la gestión del repositorio de identidades de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 69 - Miércoles, 10 de abril de 2024

página 42790/8

De forma excepcional, se autoriza al RDCC a que prorrogue este plazo a aquellos
usuarios cuyas circunstancias particulares queden debidamente justificadas por parte del
administrador de la rama LDAP en la que se ubica.
Cinco. Provisión de identidades a empleados públicos de organismos con otros
sistemas de RR.HH.
El alta, modificación y baja de empleados públicos que no están en Sirhus quedará
delegada en los administradores de la rama LDAP donde se ubiquen o deban ubicarse
estos usuarios.
Será responsabilidad de los administradores de las ramas de LDAP la vigilancia y
revisión del correcto uso de los usuarios LDAP de empleados públicos que se ubican en
dichas ramas.
Cada organismo deberá enviar periódicamente, en el formato que se determine, un
listado con todos los empleados que se encuentren de alta en los sistemas de RR.HH.
de su organización. El DCC se encargará de reflejar de forma automática, en base a ese
listado, las altas y bajas que no hubieran quedado reflejadas por el administrador de la
rama LDAP del organismo de forma manual.
El incumplimiento del apartado anterior podrá conllevar la suspensión temporal de
creación de nuevos usuarios LDAP al organismo, si así lo determina el RDCC.

Siete. Mantenimiento y baja de usuarios en el Directorio de Correo Corporativo.
La presente resolución faculta al RDCC a la baja de usuarios para los que no haya
constancia de que han accedido a los sistemas de información en un plazo determinado
por el tipo de usuario:
- Los usuarios con buzón de correo electrónico corporativo se darán de baja cuando
no haya constancia de acceso o envío de correo electrónico durante los últimos doce
meses.
- Los usuarios de aplicaciones sin buzón de correo corporativo se darán de baja
cuando transcurran 15 meses sin evidencia de actividad».
Para llevar a cabo la baja, se establece un proceso de eliminación automática de
usuarios que constará de tres fases:
- Fase 1: Desactivación temporal de los usuarios LDAP.
- Fase 2: Aviso a los usuarios y administradores de rama LDAP de que van a ser
borrados si continúan sin acceder a los sistemas de información de la Junta de Andalucía.
- Fase 3: Eliminación definitiva de los usuarios LDAP que hayan superado el tiempo
establecido según los plazos indicados en el primer apartado.
Este procedimiento será de aplicación para:
- Usuarios LDAP de empleados públicos de organismos que no están en Sirhus
mientras no exista una notificación periódica por parte de los organismos de las altas y
bajas de los mismos.
-Usuarios LDAP de personal externo, cuentas genéricas y listas de distribución.
Se faculta al RDCC a establecer procedimientos para permitir que determinados
usuarios LDAP, previa correcta justificación por parte del administrador de la rama,
puedan continuar en sus ramas a pesar de superar el plazo determinado de inactividad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Seis. Provisión de identidades a usuarios externos, genéricos y listas de distribución.
El alta, modificación y baja de usuarios externos, genéricos y listas de distribución
quedarán delegados en los administradores de la rama del DCC en la que se ubiquen
estos usuarios.
Para los usuarios externos se exigirá un NIF único en la rama, que corresponderá
siempre a una persona física, quedando prohibida la existencia de personas jurídicas.
Las cuentas genéricas deberán tener asignada una persona física responsable que
ya figure en el Directorio de Correo Corporativo.