3. Otras disposiciones. . (2024/69-36)
Acuerdo de 6 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería, por el que se encarga a la Fundación de la Universidad de Almería la gestión de acciones orientadas a la estrategia de universidad multicultural y multilingüe.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 69 - Miércoles, 10 de abril de 2024

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Segundo. El encargo se rige por lo dispuesto en la normativa interna reguladora de
los encargos de la Universidad de Almería a la Fundación de la Universidad de Almería
aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAL de fecha 31.1.2020.
En virtud de estos antecedentes y en base a los fundamentos de derecho expuestos,
el Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería
ACUERDA
Primero. Objeto.
Encargar a la Fundación de la Universidad de Almería la gestión del Centro de
Lenguas, de los programas internacionales y movilidad internacional, lo que implica:
- Gestión de los programas de formación en idioma.
- Organización de exámenes y gestión de las acreditaciones oficiales de idiomas.
- Gestión del servicio de traducción.
- Gestión del servicio de interpretación de lengua de signos.
- Gestión de programas internacionales concretos.
- Gestión de agendas protocolarias internacionales.
- Gestión de Welcome Center.

Tercero. Actuaciones a desarrollar.
Para la gestión de los programas encargados se llevarán a cabo las siguientes
actuaciones materiales:
1. Para los programas de formación en idiomas de todo tipo (intensivos, cuatrimestrales,
anuales, específicos de programas internacionales, de verano, programas de estancias
lingüísticas, cursos online, a medida, etc.): atención al público, acción de difusión,
creación de los cursos en la plataforma, matriculación de alumnos, gestión de pagos,
altas y bajas, seguimiento económico, programación y docencia de cursos, coordinación
del profesorado, seguimiento del profesorado y del uso de plataformas de apoyo, gestión
de contratos con proveedores, verificación del mantenimiento de las aulas, seguimiento
de los alumnos, generación de documentación, organización de eventos, actividades,
jornadas y encuentros para el fomento del aprendizaje de idiomas.
2. Para los exámenes y acreditaciones oficiales de idiomas: atención al público,
creación de las acreditaciones en la plataforma, matriculación de alumnos, gestión de
pagos, administración de exámenes, seguimiento económico, contacto con examinadores,
gestión de contratos con examinadores y proveedores, supervisión de aulas, generación
y tramitación de documentación.
3. Para las actuaciones del servicio de traducción: atención al público, tramitación de
solicitudes, contacto con traductores, gestión de contratos con traductores, gestión de
pagos, seguimiento económico, seguimiento de los trabajos.
4. Para las actuaciones del servicio de interpretación de lengua de signos: apoyo a
los estudiantes con discapacidad auditiva que cursan estudios en la UAL, interpretación
simultánea de la información en lengua oral de las clases, tutorías, otras actividades
formativas y eventos a la lengua de signos española, coordinación de intérpretes,
acciones de seguimiento, diseño y evaluación de actuaciones de sensibilización y
formación en materia de personas sordas, sordociegas, con discapacidad auditiva y
con dificultades de comunicación que sean usuarias de la lengua de signos española,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. Titularidad.
El encargo a la Fundación no supone cesión de la titularidad de las competencias en
materia de relaciones internacionales y movilidad internacional, ni del Centro de Lenguas
que corresponden a la Universidad de Almería.