3. Otras disposiciones. . (2024/69-36)
Acuerdo de 6 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería, por el que se encarga a la Fundación de la Universidad de Almería la gestión de acciones orientadas a la estrategia de universidad multicultural y multilingüe.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 69 - Miércoles, 10 de abril de 2024

página 42791/1

3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Acuerdo de 6 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Universidad
de Almería, por el que se encarga a la Fundación de la Universidad de Almería
la gestión de acciones orientadas a la estrategia de universidad multicultural y
multilingüe.

A NTECEDENTES
Primero. El Centro de Lenguas es un centro público de enseñanza, que, dentro de la
Universidad de Almería, ofrece una completa formación en idiomas. El Centro de Lenguas
tiene como misión la formación lingüística para impulsar la movilidad de la comunidad
universitaria almeriense (enseñanza de lenguas extranjeras) y potenciar la acogida de
docentes, investigadores y alumnos extranjeros (enseñanza del español como segunda
lengua, ELE2).
Segundo. El artículo 6.h) y 6.i) de los Estatutos de la Universidad de Almería,
establece como compromisos de buen gobierno que, en el ejercicio de sus competencias,
la Universidad tendrá especialmente en cuenta, entre otros: facilitar la movilidad de
estudiantes, del personal de administración y servicios y de profesores e investigadores
dentro del sistema universitario español, el europeo y del resto del mundo; y la salvaguarda
del derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con diversidad funcional.
Tercero. Algunos de los objetivos estratégicos del Plan Estratégico de la Universidad
de Almería son: incrementar el grado de internacionalización de la comunidad
universitaria, promover la internacionalización del currículum y del proceso enseñanzaaprendizaje, fomentar la igualdad de oportunidades, la diversidad y la inclusión, mejorar
el posicionamiento internacional en docencia, investigación y transferencia, e incrementar
el número y la participación en alianzas y redes internacionales.
Cuarto. La Fundación de la Universidad de Almería (en adelante, la Fundación) es
una organización privada, de interés general y carácter docente y cultural promovida por
la UAL que tiene como objeto cooperar al cumplimiento de los fines propios de la UAL,
contribuyendo a ejercer con eficacia y eficiencia la función docente e investigadora de
calidad que tiene asignada de manera que contribuya al desarrollo económico y social
de su entorno a través de la transferencia de conocimiento al sector empresarial. La
Fundación tiene la consideración de medio propio y servicio técnico de la Universidad de
Almería.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El presente acuerdo se dicta al amparo del artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público, y el artículo 12 de la Directiva 2014/24/UE
del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299739

Quinto. La Fundación cuenta con una organización propia y estable que dispone
de los medios materiales y humanos y la capacidad jurídica y técnica contrastada para
gestionar programas orientados a la estrategia de universidad multicultural y multilingüe
en condiciones óptimas de eficiencia y eficacia.