Autoridades y personal. . (2024/68-18)
Resolución de 3 de abril de 2024, de de la Dirección General del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, por la que se efectúa la convocatoria pública para la cobertura del puesto directivo de la Secretaría General.
12 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 9 de abril de 2024

página 42757/9

Octava. Comité calificador.
8.1. La convocatoria dispondrá de un comité calificador, de conformidad con lo
previsto en el artículo 25 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024. La valoración del mérito, capacidad
e idoneidad de los aspirantes al puesto de alta dirección corresponderá exclusivamente a
este Comité Calificador, el cual estará compuesto por:
- Presidencia: Persona titular de la Viceconsejería de la Consejería de Turismo,
Cultura y Deporte.
Presidencia suplente: Una persona designada por los órganos directivos de la
Consejería de Turismo, Cultura y Deporte o personal funcionario de la misma con un
puesto de trabajo de, al menos, un nivel 27.
- Vocalías: Persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz del Patrimonio
Histórico y la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de
Turismo, Cultura y Deporte.
Vocalías suplentes: Persona que ejerza la jefatura del Centro de Arqueología
Subacuática del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico y una persona funcionaria de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299705

7.4. En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el
proceso selectivo a causa de parto o embarazo de alto riesgo, debidamente acreditado, su
situación quedará condicionada a la finalización de la situación que motiva el aplazamiento
y a la superación de las pruebas que hayan quedado aplazadas. La realización de las
pruebas no podrá demorarse más de 45 días hábiles desde el llamamiento previsto en
la presente base de manera que no se menoscabe el derecho del resto de las personas
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el comité calificador, debiendo realizarse las pruebas, en todo caso,
antes de la publicación de la lista con las puntuaciones totales definitivas.
A tal fin, con anterioridad a la fecha fijada a la realización de la prueba, el comité
calificador publicará con antelación suficiente en el Portal de ofertas de empleo de las
entidades instrumentales de la Junta de Andalucía las instrucciones a las que deberán
someterse las personas participantes afectadas por esta situación excepcional.
7.5. En los supuestos previstos en el apartado anterior, las pruebas se aplazarán
por una sola vez y quedarán decaídas en sus derechos quienes no comparezcan,
considerándose que no han completado el proceso. Las personas aspirantes que soliciten
acogerse a estos supuestos deberán dirigir solicitud electrónica a la persona titular de la
Dirección General del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, y acompañar a dicha
solicitud la documentación acreditativa de la imposibilidad de acudir al llamamiento y
celebración de las pruebas de las que consta del proceso. La solicitud de aplazamiento
de la prueba deberá presentarse a través de correo electrónico
gestiondepersonas.iaph@juntadeandalucia.es
En la resolución por la que se resuelvan las peticiones de aplazamiento de las pruebas
selectivas, se podrá determinar la admisión condicionada a aquellas personas aspirantes
que, habiendo presentado solicitud en plazo, quedaran pendientes de subsanar
documentación.
7.6. Las comunicaciones relacionadas con el proceso selectivo se publicarán en el
Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía en el apartado de Ofertas de empleo
de entidades instrumentales. En este mismo portal se publicará así mismo la resolución
de adjudicación del puesto.
7.7. Las comunicaciones y citaciones a los interesados e interesadas para las pruebas
se realizarán a través de correo electrónico y/o teléfono que deberán ser facilitados
obligatoriamente al cumplimentar el Anexo IV.
7.8. Se podrá enviar al correo que la persona interesada haya consignado en su
solicitud, aviso de las publicaciones realizadas; estos avisos no tendrán carácter de
notificación y no eximen a la persona interesada de su obligación de acceder al portal
web para el conocimiento de las publicaciones que se produzcan.