3. Otras disposiciones. . (2024/68-25)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España para la realización de determinadas tareas auxiliares que faciliten el control de la concurrencia de requisitos que deben cumplir los solicitantes de ayudas gestionadas por la Junta de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 9 de abril de 2024

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permanente mejora de las funciones profesionales de los Registradores, proponiendo a
la Administración las medidas que sean necesarias para la actualización y modernización
de dichas actividades; colaborar con las Administraciones Públicas e Instituciones en
beneficio del interés general; prestar e impulsar los servicios y realizar las funciones que le
sean propias en interés de las Administraciones Públicas en el proceso de modernización
de las oficinas registrales dentro del ámbito de su competencia.
IV. Que la Junta de Andalucía, a través de sus Consejerías y Organismos
dependientes, tiene atribuidas competencias relacionadas con las materias objeto de
este convenio, entre ellas la concesión de ayudas y subvenciones en el ámbito de sus
competencias conforme al Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía.
V. Que la concesión de ayudas y subvenciones en el ámbito de las competencias
de la Junta de Andalucía requiere, en muchos casos, la necesaria comprobación por
parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la concurrencia en los solicitantes
de los requisitos exigidos en las correspondientes bases reguladoras y convocatorias,
así como de su idoneidad para obtener la condición de beneficiarios de acuerdo con la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
VI. Que en el marco de ayudas gestionadas por la Junta de Andalucía, la comprobación
de los requisitos expuestos en el precedente párrafo se refiere a la concurrencia en los
solicitantes de su condición de PYME o de «empresa en crisis», según el concepto
señalado por Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

VIII. Que el Colegio de Registradores tiene encomendada la gestión del Fichero
Localizador de Entidades Inscritas (en adelante FLEI) a través del cual se puede consultar
la información inscrita en los registros mercantiles en relación a una determinada sociedad
mercantil, de tal manera que la Junta de Andalucía podría comprobar a través de la
consulta al FLEI si las entidades solicitantes de ayudas gestionadas por ella, cumplen
con determinados requisitos establecidos para el acceso a las indicadas ayudas, como
son los criterios a la condición de «microempresas, pequeñas y medianas empresas»
(PYME), o «empresa en crisis», de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento
(UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran
determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado y sus posteriores modificaciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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VII. Que de acuerdo con la política implantada de reducción de cargas administrativas
para favorecer y fomentar la actividad económica y simplificar las relaciones de
los ciudadanos y las empresas con las distintas administraciones, y siguiendo las
disposiciones normativas sobre simplificación de procedimientos y racionalización
organizativa de la Junta de Andalucía, establecidas en el Decreto-ley 2/2020, de 9 de
marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad
productiva en Andalucía, Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan
medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a
la resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Decreto-ley 26/2021,
de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y
mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, se
considera necesario el establecimiento de medidas que permitan una selección de
proyectos ágil y una ejecución eficaz para facilitar la temprana financiación de fondos
procedentes de la Unión Europea de la que la Comunidad Autónoma es receptora.