3. Otras disposiciones. . (2024/68-25)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España para la realización de determinadas tareas auxiliares que faciliten el control de la concurrencia de requisitos que deben cumplir los solicitantes de ayudas gestionadas por la Junta de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 9 de abril de 2024

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la representación que le otorga el artículo 23 del Real Decreto 483/1997, de 14 de abril,
por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Registradores de la Propiedad y
Mercantiles de España, y de su nombramiento de fecha 22 de diciembre de 2017, y de
conformidad con lo acordado por su Junta de Gobierno en su reunión celebrada con
fecha 13 de febrero de 2024.
En el ejercicio de sus respectivos cargos, ambos intervinientes se reconocen
mutuamente la capacidad legal y la representación necesaria para la firma del presente
Convenio y a tal efecto,
E XPONEN
I. Que conforme al artículo 1.1 del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos, y conforme a lo establecido en el artículo 3 del Decreto del Presidente 10/2022,
de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, corresponden a la Consejería de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía en las materias de Economía y Hacienda Pública y las
competencias en materia de Fondos Estructurales, Fondo de Cohesión y otros Fondos
no estructurales establecidos por la Unión Europea y el Banco Europeo de Inversiones.
Asimismo y conforme al artículo 2.i) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, le
corresponden las competencias de la programación, coordinación, seguimiento,
verificación, control y evaluación de las actuaciones de contenido económico y financiero
que, en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
se derivan de las intervenciones de los Fondos Estructurales, Fondo de Cohesión y
otros Fondos no estructurales establecidos por la Unión Europea y el Banco Europeo
de Inversiones, actuando como órgano técnico en las relaciones que, para el ejercicio
de dicha coordinación, se hayan de establecer entre los órganos de la Administración
autonómica, la Administración General del Estado y la Unión Europea, exceptuando las
relaciones que corresponden a otros órganos de la Administración autonómica en virtud
de las competencias que ostentan.
La Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos está facultada para
la suscripción de convenios para el desarrollo de sus actuaciones de acuerdo con lo
establecido en el artículo 26.2, i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía, y la normativa básica contenida en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

III. Que el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España es
una Corporación de Derecho público amparada por la ley, reconocida por el Estado, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad, con competencia sobre sus colegiados
en todo el territorio nacional. Que tiene entre sus fines los de coordinar el ejercicio de la
actividad profesional de los Registradores, velando por la ética y dignidad profesional y
por el correcto ejercicio de sus funciones: procurar con todos los medios a su alcance la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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II. Que la Junta de Andalucía va a ser receptora de un amplio volumen de fondos
europeos para el periodo 2021-2027 por lo que resulta imprescindible establecer medidas
que permitan una selección de proyectos ágil y una ejecución eficaz que faciliten iniciar
de forma temprana la puesta en marcha de los distintos proyectos con el fin de absorber
la financiación asignada. La gestión y ejecución de los proyectos ligados a los fondos
europeos implican un enorme reto, que supondrá un incremento notable de la carga de
trabajo de la mayoría de unidades administrativas durante los próximos años. Para ello se
impone la adopción de soluciones, siendo alguna de ellas las que se ofrecen en el objeto
de este Convenio.