3. Otras disposiciones. . (2024/66-32)
Orden de 15 de marzo de 2024, por la que se regulan los Premios Extraordinarios en las Enseñanzas Artísticas Superiores que se imparten en centros docentes de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Viernes, 5 de abril de 2024

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Artículo 4. Modalidades.
Los Premios Extraordinarios se concederán en las siguientes modalidades:
a) Premio extraordinario a la innovación.
Por el que se reconoce al TFG premiado su contribución a la investigación y la
innovación, según criterios que contemplen la incorporación de nuevos conceptos y
desarrollos estilísticos, la aportación de soluciones novedosas y sostenibles, el carácter
emprendedor del proyecto y su singularidad y originalidad, de acuerdo con el perfil
profesional de la enseñanza y especialidad artística cursada.
b) Premio extraordinario a la calidad artística.
Por el que se reconoce al TFG premiado su contribución a la creación y la interpretación
artística según criterios que contemplen la creatividad en la propuesta, la originalidad en el
diseño, el dominio de la técnica y el estilo propio, de acuerdo con el perfil profesional de la
enseñanza y especialidad artística cursada.
Artículo 5. Propuesta.
1. La propuesta para la concesión de estos Premios corresponderá, de oficio, a las
Comisiones que se formen en cada Conservatorio Superior o Escuela Superior, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 7.
2. Las personas que ejerzan la presidencia de las Comisiones publicarán en el tablón
de anuncios del centro la relación de alumnas y alumnos propuestos.
3. El alumnado propuesto dispondrá de 3 días hábiles a contar a partir del día siguiente
al de la publicación para manifestar su consentimiento expreso de participación en la
convocatoria, según modelo que se incluye como anexo. En la publicación de la relación de
alumnos y alumnas propuestos se hará indicación de este plazo.

Artículo 7. Comisiones.
1. En cada centro superior participante se constituirá una Comisión para el estudio,
valoración y propuesta de las candidaturas de acuerdo a los criterios relacionados en el
artículo 4 para cada modalidad.
2. La Comisión estará compuesta por:
a) La persona titular de la vicedirección del centro o la vicedirección de extensión
cultural y artística, que ejercerá la presidencia. En caso de vacante, ausencia, enfermedad
u otra causa legal, quien ostente la presidencia será sustituido por la persona que ostente la
jefatura de estudios del centro o la vicedirección de ordenación académica y, en su defecto,
por el miembro de la Comisión de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
b) Tres profesores o profesoras designados por la dirección de entre los que ejerzan
una jefatura de departamento del centro, que actuarán como vocales. La dirección del
centro designará, asimismo, tres profesores o profesoras suplentes que sustituirán a los
vocales titulares de la Comisión en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
c) El secretario o secretaria del centro, que ejercerá las funciones de la secretaría de la
Comisión. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la persona que ejerza la secretaría
de la Comisión será sustituida por la persona que ejerza la jefatura de estudios o por la
persona que ejerza la vicedirección de ordenación académica del centro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Artículo 6. Requisitos de los candidatos.
Podrán optar a los premios regulados en esta Orden los alumnos y alumnas que hayan
finalizado los estudios de Enseñanzas Artísticas Superiores que cumplan los siguientes
requisitos:
a) Haber finalizado los estudios correspondientes a una de las enseñanzas artísticas
superiores en centros docentes de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, siempre que, al menos, un 75% de los créditos hayan sido superados en un
centro docente de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) Haber defendido el TFG en el año en que se realiza la convocatoria.
c) Haber obtenido una calificación mínima de 8,5 puntos en el mencionado TFG.