Disposiciones generales. . (2024/63-4)
Orden de 26 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Martes, 2 de abril de 2024

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CUADRO RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A CONCEDER POR EL PROCEDIMIENTO DE
CONCURRENCIA NO COMPETITIVA.
0.- Identificación de la línea de subvención:
Línea 1.2. Subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica.

1.- Objeto (Artículo 1):
1. Las subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica se enmarcan en el Programa de
ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio regulado en el capítulo II del Real Decreto
853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación
residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y tienen por objeto
la financiación complementaria del coste imputable a las personas propietarias o usufructuarias de
viviendas en situación de vulnerabilidad económica, de las obras de rehabilitación que hubiesen sido
objeto de subvención con cargo a la línea 1.1 de subvenciones para la rehabilitación edificatoria, dentro
de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (en adelante ERRP)
previamente delimitados.
2. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, la
ejecución de las actuaciones financiadas con cargo a estas subvenciones apoyará al cumplimiento de los
objetivos establecidos en el anexo a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo (CID, por sus
siglas en inglés), de 16 de junio de 2021, relativa a la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España. Estos objetivos han sido actualizados mediante la Decisión de Ejecución del Consejo de 10 de
octubre de 2023, por la que se modifica la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021 relativa a la
aprobación de la evaluación del plan de recuperación, transformación y resiliencia de España, que se
relacionan a continuación:
a) Objetivo N.º 27 del CID: Finalización o decisión de concesión de las ayudas para la renovación de
viviendas, con una ahorro medio de al menos un 30 % de energía primaria (al menos, 231.000 actuaciones de
renovación en, al menos, 160.000 viviendas únicas), el cuarto trimestre de 2024.
b) Objetivo N.º 28 del CID: Hectáreas en zonas o barrios renovadas, con una reducción media de al menos un
30 % de energía primaria (600 Ha), el segundo trimestre de 2026.
c) Objetivo N.º 29 del CID: Finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con un ahorro
medio de al menos un 30 % de energía primaria (al menos, 410.000 actuaciones de renovación en, al menos,
285.000 viviendas únicas), el segundo trimestre de 2026.

2.- Conceptos subvencionables (Artículos 1 y 17).
2.a) Conceptos subvencionables:
Será subvencionable la parte del coste de las actuaciones de rehabilitación imputable a las personas
propietarias o usufructuarias de viviendas en situación de vulnerabilidad económica, una vez
descontado el importe aplicable de la subvención concedida con cargo a la línea 1.1 de subvenciones
para la rehabilitación edificatoria.

2.b) Posibilidad de reformulación de solicitudes:
No.
Si

2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones.
No.
Sí. Número:
Solo se puede optar a una de ellas.
Es posible optar a las siguientes subvenciones:
En el supuesto de que las personas o entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo, se entenderá que han optado por:

3.- Régimen jurídico específico aplicable (Artículo 2):
No se establece.
Sí. Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas que seguidamente se relacionan:

2. Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y demás disposiciones que articulen el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante MRR).
Asimismo, al estar incluidas las actuaciones objeto de las subvenciones en la inversión C02.I01
"Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social de entornos residenciales" del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante PRTR), estas subvenciones estarán
sujetas a las disposiciones que resulten aplicables del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00299390

1. Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia
de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.