Disposiciones generales. . (2024/63-4)
Orden de 26 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 63 - Martes, 2 de abril de 2024

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establecido en el artículo:
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.

Secuencia del pago anticipado:
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
PAGO
DE PAGO

MOMENTO O FECHA DE PAGO

PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DEL PAG0

1

50%

Tras la presentación de la
documentación relacionada
en el punto 1 del apartado
23.b) de este cuadro
resumen.

12 meses desde su
abono efectivo.

2

Importe restante

Tras la presentación de la
documentación relacionada
en el punto 2 del apartado
23.b) de este cuadro
resumen.

3 meses desde su
abono efectivo.

IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE PAGOS
ANTERIORES

100% del abono
anterior de la
subvención

23.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
1. El primer pago anticipado, por importe del 50% de la subvención, requerirá la presentación
de la siguiente documentación:
a) Licencia urbanística cuando sea precisa, o autorización municipal análoga, salvo que se
hubiese presentado con anterioridad.
b) Certificado del inicio de las obras firmado por técnico titulado competente o acta de
replanteo, firmada y fechada por el director de obra y el director de ejecución de la obra, en
su caso, empresa constructora y con el visto bueno de la propiedad, salvo que se hubiesen
presentado con anterioridad.
c) Fotografía del cartel de obra según lo previsto en el apartado 22.a).1º.2 de este cuadro
resumen, preferentemente en color.
d) Declaración responsable de la entidad beneficiaria, de encontrarse al corriente del pago de
las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros anticipos concedidos anteriormente con
cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos en los
Presupuestos Generales del Estado.
2. El pago del importe restante de la subvención, con posterior justificación del gasto,
requerirá la presentación de la siguiente documentación:
a) Memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto y pago por importe
suficiente para la justificación del primer pago anticipado de la subvención, con el contenido
relacionado en el apartado 25.f).1º de este cuadro resumen.
b) Declaración responsable de la entidad beneficiaria, de encontrarse al corriente del pago de
las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros anticipos concedidos anteriormente con
cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos en los
Presupuestos Generales del Estado.
c) En el caso de actuaciones que requieren proyecto, el proyecto de la obra realmente
ejecutada.
d) Certificado final de obra, cuando corresponda, suscrito por el director de obra y director
de ejecución de la obra, en su caso, y liquidación de la misma.

f)Certificado suscrito por el director de obra y el director de ejecución de obra, en su caso,
relativo a que durante la ejecución de la obra se ha dado cumplimiento al principio de «no
causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (DNSH) en el sentido establecido en el
apartado 6 del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo, de
12 de febrero de 2021.
g) Certificado de la instalación térmica, en su caso, suscrito por el director de la
instalación o instalador autorizado, registrado en el órgano competente de la Comunidad
Autónoma de acuerdo con el RITE.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299390

e)Certificado suscrito por el director de obra y el director de ejecución de obra, en su caso,
relativo a que la gestión de residuos de construcción y demolición se ha realizado durante la
obra según lo previsto en estudio incluido en el proyecto y conforme con lo previsto en el
artículo 11 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.