Disposiciones generales. . (2024/63-4)
Orden de 26 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 63 - Martes, 2 de abril de 2024

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5.h) Posibilidad de acogerse al régimen de mínimis:
No.
Sí. Observaciones, en su caso:

6.- Régimen de control (Artículo 5):
Fiscalización previa.
Control financiero.

7.- Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (Artículo 6).
7.a) Aportación de fondos propios:
No se exige la aportación de fondos propios.
La aportación de fondos propios por la persona o entidad beneficiaria para financiar la actividad subvencionada será, al menos, de:
Un importe equivalente al coste de las actuaciones subvencionables no cubierto por la subvención
sumada, en su caso, a otras subvenciones concurrentes.

7.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera
Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales:
Sí. Observaciones, en su caso:

1. Las subvenciones de esta línea serán compatibles con cualesquiera otras
ayudas públicas para el mismo objeto, siempre que no se supere el coste total
de las actuaciones y siempre que la regulación de las otras ayudas lo admitan.
A este respecto, hay que tener en cuenta que, según lo dispuesto en el
artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, la ayuda concedida en el marco del MRR no podrá
cubrir el mismo coste que otros programas e instrumentos de la Unión, evitando
así la doble financiación entre programas del MRR y con otros instrumentos de
la Unión. Es decir, los costes subvencionables de la presente línea de
subvenciones no podrán ser financiados por otros programas del MRR u otros
instrumentos de la Unión, aún cuando la suma de las distintas ayudas no supere
el coste de las actuaciones subvencionables.
Para evitar la doble financiación, el órgano instructor del procedimiento de
concesión realizará consultas sistemáticas de la Base de Datos Nacional de
Subvenciones en el momento anterior a la emisión de la propuesta de concesión
y de las propuestas de pago de la subvención.
En todo caso, en la consecución de los objetivos del CID vinculados con esta
línea de subvenciones que figuran en el apartado 1 se considerarán
exclusivamente las actuaciones financiadas a través del PRTR.
2. No podrán obtener la financiación correspondiente a esta línea de
subvenciones las personas y entidades beneficiarias de subvenciones con cargo
al programa de ayuda de la línea 3 de subvenciones para la rehabilitación a
nivel de edificio regulada en la Orden de 9 de junio de 2022.
3. Estas subvenciones serán compatibles con la línea 1.2 de subvenciones
adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica.
4. Estas subvenciones serán compatibles con la línea 4 de subvenciones para la
mejora de la eficiencia energética en viviendas, con la líneas 5.1 de
subvenciones para la elaboración del libro del edificio existente para la
rehabilitación y con la línea 5.2 de subvenciones para la redacción de
proyectos de rehabilitación, reguladas en la Orden de 9 de junio de 2022,
siempre y cuando quede acreditado que no se subvenciona el mismo coste.
5. Cuando el proyecto se haya subvencionado con la línea 5.2 de subvenciones
para la redacción de proyectos de rehabilitación, regulada en la Orden de 9 de
junio de 2022, se descontará la cantidad recibida al determinar la cuantía de
la subvención con cargo a esta línea de subvenciones en la forma indicada en
el apartado 5.a) de este cuadro resumen.

No.

7.c) Incremento del importe de la subvención concedida con los rendimientos financieros que se generen por los fondos librados:
No.
Si
Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje:
La Unión Europea participa, a través del fondo: Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Next Generation EU.
en la financiación de estas subvenciones. Porcentaje: 100%
Administración General del Estado. Porcentaje:
Otra/s participación/es de órganos, organismos o entidades de derecho público:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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7.d) Participación en la financiación de las subvenciones: