Disposiciones generales. . (2024/63-7)
Extracto de la Orden de 8 de marzo de 2024, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2024 al amparo de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (línea 1).
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Número 63 - Martes, 2 de abril de 2024

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establecidos en la normativa vigente y con las mejores prácticas adoptadas en toda la
Unión Europea, manteniendo la prevención y el reciclaje.
2. Las subvenciones a conceder en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU se enmarcan en la
Inversión C12.I3 denominada «Plan de apoyo a la implementación de la normativa de
residuos y al fomento de la economía circular», del Componente 12 «Política Industrial
de España 2030» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España
y contribuirá al objetivo 187 de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) asociado,
cuya consecución está prevista para el cuarto trimestre de 2023, y del objetivo 188 de
la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) asociado, cuya consecución está prevista
para el segundo trimestre de 2026, de conformidad con lo establecido por la Decisión de
Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación
y resiliencia de España (Council Implementing Decision, CID), de 13 de julio de 2021, y de
acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del
Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.
3. La información asociada al procedimiento de estas subvenciones está disponible en el
Catálogo de Procedimientos y Servicios, RPS núm. 25332 «Subvenciones, para proyectos
de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados
a instalaciones específicas de tratamiento biológico, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (línea
1, sublínea 1.1)», en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la
Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25332 html
4. Los proyectos objeto de esta línea de ayuda serán:
a) Proyectos tipo A. Proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida
separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento
biológico (compostaje, digestión anaerobia o ambas), presentados por los municipios
u otras entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios, o empresas
públicas constituidas por estas entidades locales, en el ámbito territorial de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de
recogida a una población de derecho igual o superior a 5.000 habitantes a fecha 1 de
enero de 2020.
b) Proyectos tipo B. Proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida
separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico
(compostaje, digestión anaerobia o ambas), presentados por los municipios u otras
entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios, o empresas públicas
constituidas por estas entidades locales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida a
una población de derecho inferior a 5.000 habitantes a fecha 1 de enero de 2020.
5. Los proyectos objeto de financiación deberán haberse iniciado con posterioridad
al 1 de marzo de 2020 y el plazo para su ejecución finalizará antes del 31 de diciembre
de 2024. Se entenderá como proyecto iniciado aquel en el que haya comenzado la
implantación de las recogidas separada de fracción orgánica, conforme al Acuerdo de la
Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 20 de junio de 2022.
6. Todas las actuaciones que se ejecuten deben cumplir el principio de «no causar
un perjuicio significativo» a los objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17
del Reglamento 2020/852 y que se enumeran a continuación. Dicho cumplimiento se
verificará de conformidad con la Guía Técnica sobre la aplicación de «no causar un
perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Comisión Europea (C/2023/111).
a) Mitigación del cambio climático.
b) Adaptación al cambio climático.
c) Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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