5. Anuncios. . (2024/61-55)
Anuncio de 21 de marzo de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por el que se publica resolución por la que se otorga autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción al proyecto de la subestación eléctrica, sita en el término municipal de Cañete la Real (Málaga).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Miércoles, 27 de marzo de 2024

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Segunda. Respecto a que la subestación eléctrica SET Ronda 400 kV no está
construida.
La SET Ronda 400 kV es una instalación de transporte y, en concreto, de la red
de transporte primario (según lo dispuesto en el art. 34.1 de la Ley 24/2013, de de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico). Esta instalación está incluida en la planificación
vinculante de desarrollo de la red de transporte. Por lo tanto, Red Eléctrica de España,
S.A.U (REE), como transportista, debe ejecutarla y ponerla en servicio.
Con fecha 23 de diciembre de 2021 Red Eléctrica solicitó ante el Área de Industria
y Energía la tramitación autorización administrativa previa, autorización administrativa
de construcción, declaración, en concreto, de utilidad pública y declaración de impacto
ambiental para la nueva subestación de Ronda a 400kV. Con fecha 23 de diciembre
de 2021, solicitó ante esta Área la tramitación de la autorización administrativa previa,
autorización administrativa de construcción, declaración, en concreto, de utilidad pública
y declaración de impacto ambiental para la línea de entrada y salida en la subestación
de Ronda de la línea a 400 kV Pinar del Rey-Tajo de la Encantada 2 y línea Jordana-Tajo
de la Encantada. Con fecha 4 de mayo de 2022, Red Eléctrica solicitó la tramitación
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la
ampliación de la subestación Ronda en el parque de 400 kV, con una nueva posición de
línea para evacuación de renovables.
El hecho de que a la fecha de la concesión de esta autorización administrativa de la
Subestación Ronda Promotores FV 30/220 kV, la SET Ronda 400 kV de REE todavía no
esté construida, no impide a esta Delegación la emisión de la citada resolución.
Tercera. Con respecto al hecho de que existan errores y contradicciones en algunos
documentos del proyecto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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todas ellas se localicen o su trazado discurra por territorio andaluz y su aprovechamiento
no afecte a otro territorio.
Esta Delegación Territorial es competente para la tramitación y resolución de los
procedimientos de otorgamiento de las autorizaciones administrativas reguladas en el
artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en relación con
las instalaciones eléctricas y sus modificaciones cuya competencia corresponda a la
Comunidad Autónoma de Andalucía, siempre y cuando se ubiquen o su trazado discurra
íntegramente por el territorio de la provincia de Málaga, en virtud de lo previsto en la
Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se
delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
en materia en materia de energía.
Teniendo en cuenta que la instalación objeto del expediente AT-16947 es una
instalación de evacuación de energía eléctrica y que el artículo 123 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, establece que: «En el caso de líneas que cumplan
funciones de evacuación de instalaciones de producción de energía eléctrica, en ningún
caso, podrá otorgarse la autorización administrativa previa de las infraestructuras de
evacuación de una instalación de generación sin la previa aportación de un documento,
suscrito por todos los titulares de instalaciones con permisos de acceso y de conexión
otorgados en la posición de línea de llegada a la subestación de la red de transporte
o distribución, según proceda en cada caso, que acredite la existencia de un acuerdo
vinculante para las partes en relación con el uso compartido de las infraestructuras de
evacuación. A estos efectos, el citado documento podrá ser aportado en el momento de
realizar la solicitud a la que se refiere el apartado anterior o en cualquier momento del
procedimiento de obtención de la autorización administrativa previa», y que está ubicada
íntegramente en la provincia de Málaga, corresponde a esta Delegación Territorial otorgar
la autorización administrativa previa a la misma.