5. Anuncios. . (2024/59-45)
Anuncio de 19 de marzo de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de toma de conocimiento, de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de Córdoba, de la subsanación de deficiencias del Plan General de Ordenación Urbanística de Rute y de su Normativa Urbanística.
96 páginas totales
Página
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
NEXO II y de
III la Junta de Andalucía
Boletín AOficial
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERIA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA
Número 59 - Lunes, 25 de marzo de 2024
página 42221/21
Hoja 20 de 95
ORGANISMO:
DELEGACION TERRITORIAL DE CORDOBA
i) Presencia en el edificio
j) Incidencia ambiental
Artículo 47. Clasificación de los usos según su naturaleza
El Plan General considera los siguientes usos según su función intrínseca:
a) Usos vinculados al medio natural y al sector primario.
b) Residencial.
c) Industrial
d) Terciario
e) Equipamiento y Servicios
f) Transporte y comunicaciones
g) Espacios libres públicos
Artículo 48. Clasificación de los usos según su grado de pormenorización
1. Con arreglo a su grado de pormenorización el Plan General clasifica los usos en:
a) Usos globales
b) Usos pormenorizados.
2. Es uso global el establecido por el Plan para definir el destino genérico de un ámbito territorial o zona de ordenanza, al
tiempo que determina el patrón global de distribución de usos.
3. Son usos pormenorizados los que concretan los usos globales en una porción limitada de un ámbito territorial. En concreto
se consideran los siguientes usos pormenorizados asociados a cada uso global:
USO GLOBAL
RESIDENCIAL
INDUSTRIAL
TERCIARIO
EQUIPAMIENTO Y
SERVICIOS PÚBLICOS
ESPACIOS LIBRES PÚBLICOS
TRANSPORTE Y
COMUNICACIONES
USO PORMENORIZADO
Vivienda y alojamiento protegido
Vivienda libre
Vivienda unifamiliar
Vivienda plurifamiliar
Alojamiento
Industria en Primera Categoría
Industria en Segunda Categoría
Industria en Tercera Categoría
Industria en Cuarta Categoría
Hospedaje
Comercio
Oficinas
Salas de Reunión
Docente
Deportivo
Sanitario
Social - asistencial
Cultural
Religioso
Público - administrativo
Servicios urbanos
Servicios infraestructurales
Áreas públicas
Parques y jardines
Red viaria
Garajes - aparcamientos
00299078
4. El Plan General califica el suelo asignando a los distintos ámbitos en que se divide el territorio bien un uso global o bien un
uso pormenorizado, coincidentes con las clases y categorías definidas en el punto anterior.
Artículo 49. Clasificación de los usos según su propiedad
1. Con arreglo al carácter de su tenedor, y al régimen de propiedad del espacio en que se desarrollan, los usos se clasifican
en:
a) Públicos
b) Privados
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
ADMINISTRATIVA
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NEXO II y de
III la Junta de Andalucía
Boletín AOficial
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERIA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA
Número 59 - Lunes, 25 de marzo de 2024
página 42221/21
Hoja 20 de 95
ORGANISMO:
DELEGACION TERRITORIAL DE CORDOBA
i) Presencia en el edificio
j) Incidencia ambiental
Artículo 47. Clasificación de los usos según su naturaleza
El Plan General considera los siguientes usos según su función intrínseca:
a) Usos vinculados al medio natural y al sector primario.
b) Residencial.
c) Industrial
d) Terciario
e) Equipamiento y Servicios
f) Transporte y comunicaciones
g) Espacios libres públicos
Artículo 48. Clasificación de los usos según su grado de pormenorización
1. Con arreglo a su grado de pormenorización el Plan General clasifica los usos en:
a) Usos globales
b) Usos pormenorizados.
2. Es uso global el establecido por el Plan para definir el destino genérico de un ámbito territorial o zona de ordenanza, al
tiempo que determina el patrón global de distribución de usos.
3. Son usos pormenorizados los que concretan los usos globales en una porción limitada de un ámbito territorial. En concreto
se consideran los siguientes usos pormenorizados asociados a cada uso global:
USO GLOBAL
RESIDENCIAL
INDUSTRIAL
TERCIARIO
EQUIPAMIENTO Y
SERVICIOS PÚBLICOS
ESPACIOS LIBRES PÚBLICOS
TRANSPORTE Y
COMUNICACIONES
USO PORMENORIZADO
Vivienda y alojamiento protegido
Vivienda libre
Vivienda unifamiliar
Vivienda plurifamiliar
Alojamiento
Industria en Primera Categoría
Industria en Segunda Categoría
Industria en Tercera Categoría
Industria en Cuarta Categoría
Hospedaje
Comercio
Oficinas
Salas de Reunión
Docente
Deportivo
Sanitario
Social - asistencial
Cultural
Religioso
Público - administrativo
Servicios urbanos
Servicios infraestructurales
Áreas públicas
Parques y jardines
Red viaria
Garajes - aparcamientos
00299078
4. El Plan General califica el suelo asignando a los distintos ámbitos en que se divide el territorio bien un uso global o bien un
uso pormenorizado, coincidentes con las clases y categorías definidas en el punto anterior.
Artículo 49. Clasificación de los usos según su propiedad
1. Con arreglo al carácter de su tenedor, y al régimen de propiedad del espacio en que se desarrollan, los usos se clasifican
en:
a) Públicos
b) Privados
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja