Disposiciones generales. . (2024/57-1)
Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se convocan las ayudas para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero para 2024, previstas en el Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de Impulso de la Sostenibilidad y Competitividad de la Agricultura y la Ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Número 57 - Jueves, 21 de marzo de 2024

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Quinto. Documentación a presentar.
1. Las personas solicitantes, deberán presentar junto al formulario Anexo I, copia
digitalizada de la siguiente documentación, acreditativa de los datos que hayan consignado
en su solicitud y en las declaraciones responsables para el cumplimiento de los requisitos.
Toda la documentación presentada junto a la solicitud deberá estar firmada por los
interesados mediante un sistema de firma de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 de la
Ley 39/2015, que se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
a) En relación con la identidad de las personas:
• Personas físicas: en caso de firma electrónica de la solicitud por el solicitante, la
identidad quedará acreditada mediante el propio acto de firma.
• Personas jurídicas: el NIF de la entidad, la acreditación de la capacidad de
representación, la escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones en la
cual se acredite el objeto social de la misma, el acuerdo del órgano competente de la
sociedad respecto de la solicitud presentada.
• Consorcios u otra forma de colaboración público-privada: consentimiento escrito
para la presentación de la solicitud de los titulares de las explotaciones agrícolas o
ganaderas que se vayan a beneficiar del proyecto de inversión.
• Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sin personalidad propia: acuerdo
interno de funcionamiento de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
b) En relación con el proyecto de inversión:
• En el caso adquisición de bienes y equipos tres ofertas proforma para cada uno de
ellos: las ofertas deben estar fechadas o selladas por la empresa proveedora, deberán
indicar la marca y modelo de los equipos ofertados, los cuales deben ser similares en
características y cumplir con los mismos requisitos mínimos indicados para cada caso
en el Anexo V. El gasto máximo se calculará teniendo en cuenta los importes de las tres
ofertas que la persona solicitante haya obtenido con anterioridad a la presentación de la
solicitud. En estos casos se deberá consignar en la misma el importe más bajo de entre
esas ofertas. En el caso de gastos con importe inferior a 5.000 euros, será suficiente la
presentación de una única oferta.
• Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo Anexo IV.B de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
• Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
(Modelo Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
• Memoria descriptiva del proyecto de inversión que recoja la información que se
relaciona en el artículo 22.3 del Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, conforme al
modelo del Anexo VII.
• Certificado del fabricante o comercializador de la maquinaria solicitada, donde se
recoja que ha comprobado la compatibilidad de las máquinas a adaptar existentes en
la explotación, o la compatibilidad con otros equipos si se trata de equipos auxiliares,
conforme al modelo del Anexo VIII.
• Serán inversiones elegibles los proyectos que contemplen la adquisición de licencias
de software, maquinaria y equipos agrarios incluidos en el Anexo V. Los equipos deberán
cumplir con, al menos, uno de los requisitos mínimos indicados para cada caso en el
Anexo V.
• Declaración del Impuesto de Actividades Económicas del último ejercicio presentado.
c) En relación con los criterios de valoración:
• Memoria descriptiva del Plan de Inversión Conjunto (PIC) firmada por el promotor
del PIC en la que se identifique a todos los participantes en el PIC, así como los proyectos
de inversión a desarrollar por cada uno de ellos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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