Disposiciones generales. . (2024/56-9)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de deporte, dirigidas a los clubes deportivos, secciones deportivas y sociedades anónimas deportivas de Andalucía, a fin de fomentar la práctica deportiva y ayudar a sufragar los gastos derivados de la participación de sus equipos en competiciones oficiales de ámbito nacional no profesional y categoría de edad absoluta con formato de liga en los niveles de competición máximo y submáximo. Línea de subvención de Participación en Liga Nacional (PLN).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024

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ANEXO I

2.4) Formato de competición tipo liga, debiendo existir al menos dos niveles de competición, máximo y submáximo, así como un
sistema de ascenso y descenso entre ambos niveles. Se podrán considerar ligas con un único nivel de competición y con formato de
liga tradicional (cuyo sistema de competición consista en encuentros de ida y vuelta entre todos los equipos participantes y todas las
jornadas de la fase regular tengan lugar en días no consecutivos y en las propias sedes de los equipos participantes) en los siguientes
supuestos:
Supuesto 1: Competición de ámbito nacional, con formato de liga tradicional dirigida exclusivamente a la participación de personas
con discapacidad.
Supuesto 2: Competición de ámbito nacional, con formato de liga tradicional de deportes colectivos (pruebas de equipo II) en base a
la tipología de la prueba deportiva establecida en el Decreto 336/2009, de 22 de septiembre, con un único grupo de competición y un
mínimo de 6 equipos participantes.
Para la valoración de los criterios establecidos en el apartado 12, este nivel único de competición tendrá la consideración de nivel
submáximo (segundo nivel de competición).
2.5) Para que una competición cumpla los requisitos establecidos, los equipos participantes han de competir agrupados en un
mismo nivel de competición (máximo o submáximo) invariable para un mismo año o temporada deportiva, independientemente del
ascenso o descenso para el siguiente año o temporada deportiva como resultado de la clasificación obtenida. Las competiciones de
inscripción libre o abierta, no podrán tenerse en cuenta en el caso de que no existan jornadas previamente cerradas o si no existe la
obligación de participar en todos los encuentros o jornadas que constituyan la competición.

2.7) En la fase principal de la competición, independientemente de su denominación (fase regular, primera fase, etc), los equipos
integrantes de la misma deberán realizar al menos un desplazamiento fuera de Andalucía y competir con equipos procedentes de
otra comunidad o ciudad autónoma distinta de la andaluza.
2.8) El origen y destino de los desplazamientos de la competición deben producirse en territorio nacional, salvo excepciones
contempladas en el reglamento de competición o en el calendario oficial de competición.
CRITERIOS DE VALORACIÓN (Apartado 12 Cuadro Resumen de Bases Reguladoras):
El Cuadro Resumen de Bases Reguladoras establece los siguientes criterios de valoración, en función del tipo de formato de liga: Liga
tradicional u otros formato de liga.
- Liga tradicional: Se considerará como formato de competición tipo "liga tradicional", a ligas cuyo sistema de competición consista,
con carácter general y al menos una primera fase e independientemente del número de grupos en los que se divida la competición,
en encuentros de ida y vuelta entre todos los equipos participantes y todas las jornadas de la fase regular tienen lugar en días no
consecutivos y en las propias sedes de los equipos participantes.
- Otro formato de liga: Se considerará como "otro formato de liga" a ligas que no coincidan con el formato de competición de "liga
tradicional", incluidas ligas "tipo concentración", cuyo sistema de competición consista en encuentros entre todos los equipos
participantes con jornadas de la fase regular que se desarrollen en el mismo día o en días consecutivos y/o en sedes de competición
designadas (no en cada una de las sedes de los equipos participantes) y ligas que se correspondan con la clasificación derivada de la
participación en otras competiciones con distintas denominaciones u otro tipo de ligas que cumplan los requisitos establecidos en el
apartado 4.
12.a.1) CRITERIOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN COMPETICIÓN CON FORMATO DE LIGA TRADICIONAL (Hasta un máximo de 600 puntos
de valoración):
1. PARTICIPACIÓN EN COMPETICIÓN EUROPEA DE CLUBES – Hasta un máximo de 120 puntos.
Por haber participado efectivamente en el año o temporada deportiva anterior al año de convocatoria, en competición europea de
clubes organizada por la federación deportiva europea o internacional correspondiente reconocida por el Comité Olímpico
Internacional o por el Comité Paralímpico Internacional, siempre que esta participación sea resultado de la clasificación en la
respectiva liga de ámbito nacional de nivel de competición máximo. Este criterio se valorará distinguiendo la tipología de la prueba
deportiva según se establece en el Decreto 336/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula el Deporte de Rendimiento de
Andalucía: Equipo II (deportes colectivos) y Equipo I (deportes no colectivos ni individuales).
2. NIVEL DE COMPETICIÓN – Hasta un máximo de 100 puntos.
Se considerarán los niveles de competición máximo y submáximo de ámbito nacional.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00298793

003977/1

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

2.6) La competición deberá contar con un mínimo de dos jornadas que tengan lugar en distinta fecha y lugar o sede de competición.

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