3. Otras disposiciones. . (2024/56-52)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 5 de marzo de 2024, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se dictan instrucciones de carácter técnico para el desarrollo de los procedimientos de ingreso en las universidades públicas de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Miércoles, 20 de marzo de 2024

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c) En caso de que la solicitud se presente en la fase ordinaria, el interesado deberá
presentar solicitud en la fase extraordinaria y comunicar a la correspondiente Oficina de
Acceso su intención de simultanear a los efectos de que dicha solicitud sea considerada
en la fase ordinaria en caso de quedar plazas vacantes en el título que corresponda.
Instrucción 4. Reparto de plazas.
Reparto de plazas para los solicitantes que participan en los cupos reservados a
personas con Discapacidad o Deportista de Alto Nivel o Alto Rendimiento, estudiantes
que desean simultanear y en las plazas adicionales a personas en riesgo de exclusión.
Teniendo en cuenta que los solicitantes pueden proceder de vías de acceso de
sistemas educativos heterogéneos, cuya calificación de admisión se calcula de forma
diferente o incluso con rangos de calificaciones distintas, la asignación de plazas se hará
de la siguiente forma:
Se atenderá al primer solicitante de cada cupo según el orden de prelación con el
que participan en el mismo, por el siguiente orden de cupos hasta agotar las plazas
disponibles:
1.º Cupo General.
2.º Cupo de Mayores de 25 años.
3.º Cupo de Titulados.
4.º Cupo de Mayores de 40 y 45 años.
Si una vez atendidas las solicitudes en todos los cupos, aún sobrasen plazas, se
atenderán a los solicitantes que figuren en segundo lugar por el citado orden de prelación,
respetando nuevamente el orden de tratamiento de cupos anteriormente señalado y, así
sucesivamente, hasta agotar las plazas.

Instrucción 6. Solicitantes con Discapacidad, con Necesidades Educativas Especiales
permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad durante su
escolarización anterior y Deportistas de Alto Nivel o Alto Rendimiento en titulaciones que
no se oferten en determinada fase por haberse agotado las plazas en otra fase anterior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Instrucción 5. Documentación a aportar por quienes tienen estudios extranjeros.
Quienes aporten un título extranjero, además del respectivo título o resguardo de
haberlo solicitado, deberán acompañarlo con:
a) Estudiantes con estudios extranjeros homologables al título de Bachiller:
- Acreditación de la homologación de su título al del Bachiller español, o, en su
defecto, resguardo de haberla solicitado.
b) Estudiantes en posesión de un título universitario extranjero no homologado en
España por el equivalente al nivel de grado y que faculte en el país de origen para cursar
estudios de Máster:
- Certificación académica oficial acreditativa del plan de estudios cursado con
detalle de las materias superadas, calificaciones obtenidas y la carga lectiva de
cada una.
- Certificación en la que se indique la calificación mínima necesaria para superar
una materia y la calificación máxima que se puede conseguir.
Cuando así lo requiera la Universidad, con los requisitos formales de legalización y
traducción oficial.
En ambos casos, tendrán que presentar en la universidad donde hubieran
formalizado matrícula la homologación definitiva de su título extranjero, antes de la
finalización del curso académico para el que solicitaron la preinscripción. En el supuesto
de que no presenten la citada homologación, decaerán en todos sus derechos y actos
administrativos que pudiesen derivarse de la admisión.
Esta situación no generará derecho a la devolución de precios públicos como
consecuencia de haber recibido la prestación del servicio académico.